SIN INFORMACION

FONSECA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

5 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Roberto Aranda Arcos, abogado, chileno, interponiendo recurso de protección en favor don Gustavo Adolfo Fonseca Pérez, domiciliado en Agustinas 853 of 303, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con domicilio en calle San Antonio 580, sexto piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por no dar respuesta oportuna a la solicitud de Permanencia Definitiva presentada en fecha 10 de noviembre de 2020, lo que priva y/o perturba, en forma ilegal y arbitraria, los derechos del recurrente garantizados en el artículo 19 en sus números 2°, 14° y 26° de la Constitución Política de la República. Solicita se acoja el recurso declarándose que el recurrente cumple con los requisitos legales para obtener residencia definitiva, y ordenándose a la recurrida otorgarla en el más breve plazo.  Expone que el recurrente es ciudadano venezolano, quien ingresó a Chile en calidad de turista, con fecha 7 de noviembre de 2016, solicitando dentro del plazo legal su respectiva Visa Temporaria, la cual le fue aprobada y otorgada por una vigencia de un año, conteniendo como fecha de vencimiento el día 23 de noviembre de 2019.  Posteriormente, registra el beneficio de residencia temporaria otorgado tanto ante la Policía de Investigaciones (PDI) como ante el Registro civil, siendo este último organismo quien le asigna el número de cédula de identidad para extranjeros. Afirma que comienza a ejecutar actividades laborales tanto de forma subordinada como independiente, desarrollando su vida en nuestro país, en pleno apego a las leyes y contribuyendo con la economía de nuestra nación.  Precisa que previo al vencimiento de la Visa Temporaria que se le había otorgado, y contando con cada uno de los requisitos exigidos por el Departamento de Extranjería y Migración, en fecha 10 de noviembre de 2020, procede a realizar la correspondiente Solicitud

Fallo

se resuelve rechazar la solicitud de permiso de permanencia definitiva del recurrente, puesto que no se cumplieron las normas sobre plazos establecidos en la legislación migratoria, incurriendo en lo preceptuado, en el artículo 64 N°6 de la Ley de Extranjería, en relación con el artículo 138 N°6 del Reglamento de Extranjería, pues el período transcurrido entre sus permisos de residencia es superior a 90 días.  Agrega que sin perjuicio del rechazo de la solicitud de Permanencia Definitiva se otorgó visación de residente temporario en condición de titular por el período de un año, pagar los derechos del permiso de residencia respectivo y finalmente realizar la descargar del estampado electrónico mediante la plataforma tramites.extranjeria.gob.cl de esta autoridad, al que puede ingresar utilizando la clave única.  Al efecto, acompaña copia de la Resolución Exenta N° 128772, de fecha 8 de octubre de 2021, del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.  TERCERO: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción cautelar o de emergencia, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enuncian, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio.  Luego, es requisito

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Roberto Aranda Arcos, abogado, chileno, interponiendo recurso de protección en favor don Gustavo Adolfo Fonseca Pérez, domiciliado en Agustinas 853 of 303, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Se

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