BARAZARTE/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIONES
Rol
Fecha
5 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, quien deduce recurso de protección a favor de Magaly del Carmen Barazarte Delfin, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros número 27.182.597-8, domiciliada para estos efectos en Frankfort número 5071, comuna de San Miguel, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, con domicilio en Matucana 1223, comuna de Santiago, por el retardo ilegal y arbitrario en el pronunciamiento sobre su solicitud de permanencia definitiva, lo que afecta su derecho a la igualdad ante la ley conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Explica que la recurrente ingresó al país calidad de residente con la visa de responsabilidad democrática, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Luego, el 17 de enero de 2021 solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva, según consta en solicitud N°17166655, sin que a la fecha haya recibido comunicación o respuesta alguna de la recurrida, vulnerando así lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en especial el principio de celeridad que debe regir en el actuar de la autoridad pública. Pide se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre su solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Segundo: Que previo a la vista de la causa, el recurrente informa que se subsanó la solicitud en cuestión, acompañando la documentación que le fue solicitada para ser titular del beneficio de permanencia definitiva. Tercero: Que informa al tenor del recurso Diego Alonso Calderón Castillo, abogado del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, solicitando su rechazo. Indica que la recurrente presentó el 17 de enero de 2021 una solicitud de permanencia definitiva, emitiéndose el comprobante de permiso de permanencia definitiva en trámite, el que permite justificar su residencia regular éste se tramita. Agrega que el 22 de noviembre de 2021, mediante la comunicación electrónica de folio N° 20482281, se le comunicó que su solicitud se encontraba incompleta, otorgándole 5 días para poder subsanarla acompañando la documentación requerida, bajo apercibimiento de tener por desistida su solicitud, conforme lo dispone el artículo 31 de la Ley N° 19.880, documentos que fueron presentados en la misma fecha. Así, la solicitud de permanencia definitiva de la extranjera se encuentra en trámite en etapa de análisis de solicitud adicional, en relación a los nuevos antecedentes aportados. Sostiene que a la presentación de la solicitud de perman
Fallo
se resuelve su solicitud de permanencia definitiva, la que se encuentra en trámite en la etapa de análisis luego de haber subsanado su solicitud en noviembre de 2021; debiendo además, tener en cuenta que parte de las consecuencias que ha generado la pandemia COVID.19, de público y notorio conocimiento, es precisamente el retardo que presentan los servicios estatales en cuanto a dar respuesta a las solicitudes de los usuarios. Séptimo: Que, en consecuencia, no encontrándose acreditados los hechos que dieron fundamento a la acción deducida, no existen medidas que adoptar por parte de esta Corte de Apelaciones, por lo que este recurso no puede prosperar. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Magaly del Carmen Barazarte Delfin en contra del Departamento de Extranjería y Migración. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°5689-2021-Protección. Pronunciada por la Sexta Sala Zoom de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel integrada con los Ministros Sra. María Teresa Díaz Zamora, Sr. Luis Sepúlveda Coronado y Abogado Integrante Sra. Yasna Bentjerodt Poseck.
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso el abogado don Joaquín Contreras. San Miguel, 5 de enero de 2022, Camila Galle Aravena, relatora. San Miguel, cinco de enero de dos mil veintidós. Al escrito folio N° 579 y 660: A todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, quien deduce recurso de protección a favor
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