SIN INFORMACION

TRONCOSO/MINERA LEALTAD LIMITADA

Rol

Fecha

5 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Jorge Troncoso Contreras, ingeniero, domiciliado en Condominio Mirador del Valle, Parcela 105, ubicado en Camino Santa Sara S/N, comuna de Lampa y deduce acción constitucional de protección en contra de Sociedad Minera Lealtad Limitada representada por Cristian Gonzalo Eugenio Mateluna López, ambos domiciliados en Francia 103, Limache por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en ejecutar operaciones en el proyecto Mina Cachinales sin contar con las autorizaciones ambientales y sectoriales aplicables, en afectación de los derechos de los numerales 1° y 8° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita se restablezca el imperio del derecho y se ordene la paralización inmediata de las operaciones hasta contar con las autorizaciones pertinentes, con costas. Funda el arbitrio señalando que la recurrida solicitó pronunciamientos al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y al Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMÍN), respecto de la pertinencia de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto denominado “Mina Cachinales” y ambas entidades, en lo que importa, determinaron que el mismo tenía una vida de 10 meses, según resoluciones de 2016 y 2017, respectivamente, estimando que no era obligatorio su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en forma previa a su ejecución. No obstante lo anterior y habiendo transcurrido con creces el término de 10 meses indicado (en más de 1200 días), el proyecto sigue en ejecución sin contar con Resolución de Calificación Ambiental, excediendo a su vez los montos de extracción considerados en los análisis y el área de extracción autorizada. Estima que el acto que reprocha es permanente, razón por la que la acción se ejerce oportunamente. Detalla luego otros aspectos del proyecto que considera ilegal, explicando con imágenes insertas en el cuerpo del escrito que éste se desarrolla fuera de las áreas autoriza

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Jorge Troncoso Contreras, ingeniero, domiciliado en Condominio Mirador del Valle, Parcela 105, ubicado en Camino Santa Sara S/N, comuna de Lampa y deduce acción constitucional de protección en contra de Sociedad Minera Lealtad Limitada representada por Cristian Gonzalo Eugenio Mat

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica