MP.C/ FELIPE EDUARDO VILLAGRÁN RUIZ.
Rol
Fecha
5 de enero de 2022
Materia
APREMIOS ILEGITIMOS COMETIDOS POR EMPLEADOS PÚBLICOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, y estimando esta Corte que la imposición de la medida cautelar del artículo 155 del Código Procesal Penal letra a), solicitada en la modalidad de reclusión domiciliaria parcial nocturna, resulta suficiente para asegurar los fines del procedimiento y la comparecencia del imputado a los actos del mismo, habida cuenta que sirven también a la necesidad de cautela que amerita la presente causa las medidas de prohibición de salir del país y prohibición de aproximarse al ofendido o a su familia que se encuentran dispuestas en autos y no han sido cuestionadas por la defensa. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en la audiencia de veintiocho de diciembre de dos mil veintiuno por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la medida cautelar de arresto domiciliario total del imputado Felipe Eduardo Villagrán Ruiz y en su lugar se declara que se hace lugar a lo solicitado y, por consiguiente, se sustituye dicha medida por la de arresto domiciliario parcial nocturno, desde las 22:00 a las 06:00 horas, manteniendo plena vigencia las restantes cautelares que se encuentran decretadas en la causa. El tribunal a quo deberá disponer lo pertinente para hacer cumplir lo decidido. Devuélvase vía interconexión. N°Penal-8-2022.
Fallo
se declara que se hace lugar a lo solicitado y, por consiguiente, se sustituye dicha medida por la de arresto domiciliario parcial nocturno, desde las 22:00 a las 06:00 horas, manteniendo plena vigencia las restantes cautelares que se encuentran decretadas en la causa. El tribunal a quo deberá disponer lo pertinente para hacer cumplir lo decidido. Devuélvase vía interconexión. N°Penal-8-2022.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cinco de enero de dos mil veintidós. Sala: Primera Sala Zoom Rol: 8-2022- Penal RUC: 2100589181-4 RIT: 8626-2021 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: señora María Teresa Díaz Zamora, señora Alejandra Pizarro Soto y abogado integrante señor José Ramón Gutiérrez Silva Relatora: Natalia Álvarez Villarroel. Digitadora: Carolina Orellana Medina Fiscal: Karen Acevedo V
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