A.F.P. CAPITAL S.A. CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALDERA
Rol
Fecha
4 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Habida consideración que este procedimiento corresponde a un juicio ejecutivo de cobro de cotizaciones previsionales, regulado por la ley 17.322 y, que la resolución impugnada es aquella dictada con fecha 21 de diciembre de 2021 que ordena anular lo obrado desde la notificación de fecha 7 de noviembre de 2017, el requerimiento de pago de la misma y todos los actos que tenga conexión directa con el acto anulado, no resultando apelable, conforme lo dispuesto en el artículo 8 de la norma ya citada, ,y visto además lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil se declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Antonio Álamos Avendaño, por la ejecutante, en contra de la resolución de veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno, pronunciada por la Jueza Suplente del Juzgado de Letras y Garantía, doña Nathalie Fuentes Flores. N° Laboral - Cobranza-183-2021.
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Antonio Álamos Avendaño, por la ejecutante, en contra de la resolución de veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno, pronunciada por la Jueza Suplente del Juzgado de Letras y Garantía, doña Nathalie Fuentes Flores. N° Laboral - Cobranza-183-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, cuatro de enero de dos mil veintidós. VISTOS: Habida consideración que este procedimiento corresponde a un juicio ejecutivo de cobro de cotizaciones previsionales, regulado por la ley 17.322 y, que la resolución impugnada es aquella dictada con fecha 21 de diciembre de 2021 que ordena anular lo obrado desde la notificación de fecha 7 de noviembre de 2017, el requerimiento
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica