SIN INFORMACION

MUNICIPALIDAD DE CHOLCHOL/CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA (4824-21)

Rol

Fecha

7 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que, ha comparecido el apoderado de la Municipalidad de Cholchol, quien presenta un reclamo de ilegalidad contra la Decisión de Amparo Rol N° C-6681-21 dictada por el Consejo para la Transparencia y en la cual se le ordena entregar todos los decretos alcaldicios y exentos del 16 de junio de 2020 y copias del libro de registro de los decretos, con el número de folio a la vista y firmados por la responsable de dicha unidad 2° Que, conforme a los antecedentes que se acompañan, se advierte que la negativa de la Municipalidad a la entrega de la información se sustentó en el artículo 21, numeral 1, letra C, de la Ley N°20.285 sobre acceso a la información pública. 3° Que, por su parte, el artículo 28 inciso 2° de dicha Ley, establece una limitación a la interposición del recurso, en cuanto señala que los órganos de la Administración del Estado no tendrán derecho a reclamar ante la Corte de Apelaciones de la resolución del Consejo que otorgue el acceso a la información que hubieren denegado, cuando la denegación se hubiere fundado en la causal del número 1 del artículo 21. 4° Que, en este orden de cosas, el rechazo de la información del reclamante fue precisamente sustentado en dicha causal de reserva, de tal manera que el Municipio recurrente, al ver rechazada su oposición a la entrega de información por la causal precisada, no puede interponer un reclamo como el intentado, lo cual deviene en la declaración de inadmisibilidad del mismo. 5° Que, finalmente, de la revisión del reclamo, se advierte una falta de

Fundamentos

fundamentos en el mismo pues, en éste, el recurrente solo se limita a especificar lo obrado ante Consejo para la Transparencia y postula que la información que se le ha ordenado entregar es de genérico e involucra una gran cantidad de actos administrativos, siendo ello insuficiente y refuerza la decisión de inadmisibilidad que fuere anticipada. En consecuencia, y visto lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 20.285

Fallo

se declara inadmisible el reclamo de ilegalidad interpuesto al folio N° 1, por Michell Vera Barraza, en representación de la Municipalidad de Cholchol. Regístrese y archívese. N° Contencioso Administrativo-649-2021.

Texto Completo (Preview)

fjr C.A. de Santiago Santiago, siete de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1° Que, ha comparecido el apoderado de la Municipalidad de Cholchol, quien presenta un reclamo de ilegalidad contra la Decisión de Amparo Rol N° C-6681-21 dictada por el Consejo para la Transparencia y en la cual se le ordena entregar todos los decretos alcaldicios y exentos del 16 de junio de 2020 y c

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