INSTITUCIÓN FINANCIERA COOPERATIVA COOPEUCH LTDA. / COS
Rol
Fecha
4 de enero de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su
Fundamentos
considerando cuarto. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que a la fecha de interposición de la demanda, el artículo 8° de la Ley N° 21.226 no se encontraba vigente y, en consecuencia, no se produjo la interrupción de la prescripción de la acción. Segundo: Que conforme a lo anterior, habiéndose presentado la demanda con fecha 4 de marzo del año 2020, a la época de su notificación, esto es el 29 de abril de 2021, ya había operado la institución antes referida. Tercero: Que en estas condiciones procede acoger la prescripción opuesta por el ejecutado y declarar prescrita la acción cambiaria deducida en estos autos.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil y artículo 98 de la Ley 18.092, se revoca la sentencia apelada de treinta de julio de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado Civil de Viña del Mar, en los autos C-1085-2020 y en su lugar se declara que se acoge la acción de prescripción opuesta por el ejecutado y, consecuentemente, se rechaza la demanda con costas. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1568-2021.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de enero de dos mil veintidós. Visto y teniendo únicamente presente: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su considerando cuarto. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que a la fecha de interposición de la demanda, el artículo 8° de la Ley N° 21.226 no se encontraba vigente y, en consecuencia, no se produjo la interrupción de
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