CAMILA NOEMI TORO GOMEZ CON CORPORACION EDUCACIONAL KALOIV LIMITADA
Rol
Fecha
4 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 481 inciso 4°del Código del Trabajo y ante la incomparecencia de la parte recurrente, se declara abandonado el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Juan Sebastián Arroyo Escobar en contra de la sentencia dictada el treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno, por el Juzgado de Letras de Tomé. Regístrese y devuélvase por la vía correspondiente. N°Laboral - Cobranza-590-2021.
Fallo
se declara abandonado el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Juan Sebastián Arroyo Escobar en contra de la sentencia dictada el treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno, por el Juzgado de Letras de Tomé. Regístrese y devuélvase por la vía correspondiente. N°Laboral - Cobranza-590-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción FVL/shp Concepción, cuatro de enero de dos mil veintidós. Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 481 inciso 4°del Código del Trabajo y ante la incomparecencia de la parte recurrente, se declara abandonado el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Juan Sebastián Arroyo Escobar en contra de la sentencia dictada el treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno, por el
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