JUZGADO DE LETRAS DE TOME

CAMILA NOEMI TORO GOMEZ CON CORPORACION EDUCACIONAL KALOIV LIMITADA

Rol

Fecha

4 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 481 inciso 4°del Código del Trabajo y ante la incomparecencia de la parte recurrente, se declara abandonado el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Juan Sebastián Arroyo Escobar en contra de la sentencia dictada el treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno, por el Juzgado de Letras de Tomé. Regístrese y devuélvase por la vía correspondiente. N°Laboral - Cobranza-590-2021.

Fallo

se declara abandonado el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Juan Sebastián Arroyo Escobar en contra de la sentencia dictada el treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno, por el Juzgado de Letras de Tomé. Regístrese y devuélvase por la vía correspondiente. N°Laboral - Cobranza-590-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción FVL/shp Concepción, cuatro de enero de dos mil veintidós. Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 481 inciso 4°del Código del Trabajo y ante la incomparecencia de la parte recurrente, se declara abandonado el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Juan Sebastián Arroyo Escobar en contra de la sentencia dictada el treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno, por el

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