JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA

MINISTERIO PUBLICO . . C/ ALEJANDRO ALBERTO BATALLA

Rol

Fecha

4 de enero de 2022

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por las intervinientes, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de la resolución impugnada, que esta Corte hace suyos; y de conformidad con lo prevenido en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha veintiséis de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Quillota, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de ALEJANDRO ALBERTO BATALLA. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. José Luis Alliende Leiva, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, por estimar que, en este estadio procesal, no existen antecedentes suficientes para dar por acreditado el ilícito de homicidio frustrado por el cual el imputado fue formalizado, de manera que la prisión preventiva resulta desproporcionada, siendo suficientes, para asegurar los fines del procedimiento, otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-8-2022

Texto Completo (Preview)

Llg C.A.Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a cuatro de enero de dos mil veintidós, se da inicio a esta audiencia a las 09:38 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, modalidad Videoconferencia, siendo presidida por la Ministra doña Rosa Herminia Aguirre Carvajal e integrada por el Ministro don Alejandro Germán García Silva y el Abogado Integrante don J

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