17º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CAPITAL OFFICE S.A./COSMETICA INVERSIONES LTDA. (LTE)

Rol

Fecha

3 de enero de 2022

Materia

CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, “si en caso de no tener el acreedor un título ejecutivo, quiere preparar la ejecución por el reconocimiento de firma o por la confesión de deuda, podrá pedir que se cite al deudor a la presencia judicial, a fin de que practique la que corresponda de estas diligencias…”; se advierte que la decisión del tribunal de primera instancia excede las facultades que dicha norma otorga al acreedor. Y conforme a lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por el Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, se declara que el tribunal deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponda. Devuélvase. N°Civil-10749-2021. En Santiago, tres de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara que el tribunal deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponda. Devuélvase. N°Civil-10749-2021. En Santiago, tres de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, “si en caso de no tener el acreedor un título ejecutivo, quiere preparar la ejecución por el reconocimiento de firma o por la confesión de deuda, podrá pedir que se cite al deudor a la presencia judicial, a fin de que pract

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica