MP C/ CARLOS SEGUNDO CAMPUSANO MOLINA
Rol
Fecha
3 de enero de 2022
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, estimando que una o más de las medidas del artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes para asegurar los fines del procedimiento; considerando, además, que la detención que la juez a quo ponderó para decretar la prisión preventiva no era procedente despacharla de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 de la ley 21.226, vigente a dicha época; y que tampoco resulta acreditado en este estadio procesal el supuesto de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal en relación al delito de desacato, se revoca la resolución apelada de veintiséis de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Carlos Segundo Campusano Molina y en su lugar se declara que se la deja sin efecto. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial Sr. Mario Fuentes Melo, quien fue de opinión de confirmar la resolución en alzada, en mérito de sus propios fundamentos. Dese inmediata orden de libertad al imputado, si no estuviere privado de ella por otra causa. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 2101162337-6, RIT 10955-2021. NºPenal-2864-2021.-
Fallo
se declara que se la deja sin efecto. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial Sr. Mario Fuentes Melo, quien fue de opinión de confirmar la resolución en alzada, en mérito de sus propios fundamentos. Dese inmediata orden de libertad al imputado, si no estuviere privado de ella por otra causa. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 2101162337-6, RIT 10955-2021. NºPenal-2864-2021.-
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corress ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a tres de enero de dos mil veintidós, a las 09:25 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo, e integrada por el Ministro Suplente Sr. Leonardo Aravena Reyes y p
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica