SIN INFORMACION

PEREZ SOLIDO YULEYDI/POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - SKY AIRLINE S.A. - AEROPUERTO INTERNACIONAL DE SANTIAGO, NUEVO PUDAHUEL

Rol

Fecha

31 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, se deduce acción constitucional de amparo en favor de doña Yuleydi Carolina Pérez Sólido, venezolana, y en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, Sky Airline S.A. y la Administración del Aeropuerto Internacional de Santiago Nuevo Pudahuel por mantener a la amparada en zona de tránsito e impedir su retorno a Venezuela. Señala que la amparada ingresó a Chile el 24 de octubre de 2021 por el paso no habilitado de Colchane, junto a su sobrino de 11 años, Víctor Manuel Balbi Pérez, con el solo fin de que éste pudiera reunirse con su madre y ella luego regresar a su país. Agrega que cumplido dicho fin, el 6 de diciembre de 2021 se embarcó rumbo a Bogotá, previa declaración voluntaria de abandono del país ante la Policía para desde dicha ciudad, viajar vía terrestre a su país natal. Sin embargo, al ingresar a Bogotá se la retuvo en el aeropuerto hasta el 13 de diciembre de 2021 y fue devuelva a Chile, pero no fue admitido su ingreso por no aparecer en los registros policiales, al haber entrado al país de forma clandestina La aerolínea recurrida, en tanto, indicó que por el tiempo que la amparada se mantenía retenida, debía ser deportada inmediatamente. De esa forma es que desde 6 de diciembre de 2021 la amparada se encuentra afectada en su libertad ambulatoria, sin que reciba alimentos ni agua. La administración del aeropuerto, por su lado, tampoco ha ofrecido una solución. Cita normas constitucionales e internacionales pertinentes y pide a esta Corte acoger la acción y disponer que se adopten las medidas necesarias por la vía más expedita, para restablecer y resguardar el imperio del derecho, garantizando el pleno ejercicio del derecho a la libertad ambulatoria. SEGUNDO: Que, al informar el día 20 de diciembre de 2021 la Policía de Investigaciones, reiterando los movimientos y viajes de la amparada, señala que al intentar reingresar al país, el personal de la aerolínea la mantuvo en la zona de tránsito, por requerir

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema en la materia, se rechaza sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de doña Yuleydi Carolina Pérez Sólido. Sin perjuicio de lo decidido, la aerolínea Sky Airline S.A. deberá adoptar todas las medidas necesarias para que la actora regrese a Venezuela a la mayor brevedad posible, como también deberá arbitrarse tanto por dicha recurrida como por Sociedad Concesionaria Nuevo Pudahuel S.A., las que resulten necesarias para mantener en condiciones dignas a la amparada hasta que pueda hacer su abandono del terminal aéreo. Regístrese, comuníquese y archívese oportunamente. N° Amparo-5916-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago. Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno. Al folio 21, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, se deduce acción constitucional de amparo en favor de doña Yuleydi Carolina Pérez Sólido, venezolana, y en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, Sky Airline S.A. y la Administración del Aeropuerto Internacional de Santiago Nuevo Pudahue

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