RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE LUIS YAN POOL GUERRERO ROJAS EN CONTRA DE LA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2° SEMESTRE 2021)
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado José Pablo Marín González, a favor de don LUIS YAN POOL GUERRERO ROJAS, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional quien, mediante resolución N° 434-2021, de fecha 13 de octubre de 2021, rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional a su representado. Expresa que el amparado cumple con los requisitos temporales para optar al beneficio denegado y ha observado una conducta calificada como muy buena en los últimos cinco bimestres, dando cuenta que el interno cumple condena privativa de libertad de 4 años de presidio menor en su grado máximo, por el delito de robo con violencia; iniciando condena el 30 de julio de 2018 y proyectando el término de la misma para el 30 de julio de 2022, cumpliendo el tiempo mínimo de condena el 30 de marzo de 2021. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio fundado en el informe de postulación psicosocial de Gendarmería, el cual da cuenta que presenta un riesgo de reincidencia muy alto, no presenta conciencia del delito ni del mal causado y no manifiesta un rechazo explícito a los delitos cometidos. Hace presente diversos aspectos en relación al proceso de reinserción social del amparado los cuales constan en el informe social elaborado por la asistente social Ornella Spielman Guerrero. En relación a la comisión del delito, el condenado manifiesta sentir arrepentimiento por el delito cometido, argumentando que en esa etapa su vida se encontraba totalmente inmaduro, indica que durante el tiempo que se ha encontrado recluido ha logrado reflexionar sobre sus errores, se encuentra consciente de la gravedad de los hechos y del daño generado a terceros, actualmente se encuentra enfocado en continuar con su proceso de reinserción social. Con relación a las proyecciones en el medio libre, su principal objetivo es reactivarse laboralmente y retomar su dinámica familiar. Luego, seña
Fundamentos
motivos en que se funda su decisión, y encontrar aquella el debido respaldo en los antecedentes tenidos a la vista. OCTAVO: Que, en cuanto a los antecedentes hechos valer por la defensa, aquellos no controvierten en modo alguno las conclusiones expuestas en el informe de Gendarmería de Chile en cuanto a la existencia de riesgo de reincidencia y la circunstancia de no presentar el amparado conciencia del delito y del mal causado, así como no manifestar rechazo explícito a los delitos cometidos. NOVENO: Que, en este contexto, no habiéndose acreditado alguna actuación ilegal o arbitraria de parte la Comisión de Libertad Condicional, y no logrando desvirtuarse los antecedentes en que se fundó la decisión por la cual se denegó la concesión de la libertad condicional, el recurso de amparo se rechazado como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de LUIS YAN POOL GUERRERO ROJAS, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 503-2021 (Amparo).
Texto Completo (Preview)
Guerrero Rojas, Luis Yan Pool Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 503-2021.- La Serena, treinta de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado José Pablo Marín González, a favor de don LUIS YAN POOL GUERRERO ROJAS, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional quien, mediante r
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