FUENTES ABENTE OSCAR-YUTRONIC IRACHETA ZVONIMIR VUELVE A TABLA.-
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2021
Materia
SIN MATERIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene en su lugar y además, presente: Primero: Que, el abogado Franz Ruz Aguilera, por la parte querellada y demandada Oscar Jesús Fuentes Abente, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia dictada con fecha 18 de enero de 2019, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Las Condes, en causa Rol 7753-3-2018, que condenó a su representada al pago de una multa equivalente en pesos de 1,5 UTM como autor de infracción a los artículos 108 y 140 de la Ley N° 18.290 y responsable del accidente investigado (código 163), y acogió en su contra, con costas, la demanda civil interpuesta por Innver SpA, propietaria del vehículo placa patente BO.0278, y lo condenó a pagar una indemnización de perjuicios ascendente a la suma total de $ 5.000.000.- por concepto de daño directo, reajustada de acuerdo a lo establecido en el
Fundamentos
considerando décimo tercero de la propia sentencia, más los intereses corrientes para operaciones reajustables que se devenguen desde que Fuentes Abente se constituya en mora. Pide que se revoque dicho
Fallo
fallo y en su reemplazo se declare que: 1) se absuelve de responsabilidad infraccional a su representado; 2) se condena infraccionalmente a Zvonimir Yerko Yutronic Iracheta, por contravenir lo dispuesto en los artículos 120, 123, 144 y 145 de la Ley del Tránsito, al adelantar o sobrepasar en cruce a otro vehículo y conducir la moto a exceso de velocidad; 3) se rechaza, con costas, la demanda civil interpuesta por Innver SpA; 4) se rechaza la objeción de los documentos acompañados por su parte en el comparendo; y subsidiariamente que se rebaja el monto de la indemnización a la cifra que esta Corte estime prudencialmente fijar, acoger la excepción de exposición imprudente al daño, que el reajuste rige a contar de la fecha en que la sentencia de término quede ejecutoriada, y que se libere a su parte del pago de las costas de la causa por tener motivo plausible para litigar y por no haber sido totalmente vencida. Segundo: Que, revisados los antecedentes, la sentencia en su considerando quinto señala que, atendidos los hechos que la propia sentencia expone precedentemente y especialmente lo declarado por el recurrente Fuentes Abente, “ permite concluir que, este conductor, desde calle Constancio Vigil al poniente, ingresó a la intersección con Avda. Cuarto Centenario, enfrentando una señal de tránsito Ceda El Paso para acceder a esa arteria”. A continuación, el considerando sexto de la sentencia reza como sigue: “SEXTO: Que, si bien el indicado conductor, al declarar ante Carabi
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C.A. de Santiago Santiago, treinta de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene en su lugar y además, presente: Primero: Que, el abogado Franz Ruz Aguilera, por la parte querellada y demandada Oscar Jesús Fuentes Abente, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia dictada con fecha 18 de enero de 2019, dictada por el Segundo Juzgado de Poli
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