/SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓN DEL MAULE
Rol
Fecha
31 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR.
Hechos
Visto: Primero: Que comparece don Luis Andrés Ulloa Martínez, abogado, en nombre de Luis Ricardo Ulloa Díaz, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de doña Marlenne Duran Seguel, Secretaria Regional Ministerial De Salud De La Región Del Maule, por acto ilegal y arbitrario consistente en la Internación forzada en una residencia sanitaria del amparado. Señala que con fecha 17 de diciembre de 2021, hice ingreso al país por medio del Aeropuerto Internacional de Santiago, lugar en donde exhibí los documentos exigidos por la autoridad sanitaria referente a la pandemia de Coronavirus, a saber, certificado de resultado negativo de PCR Covid-19 practicado en Londres 48 horas antes de la salida del vuelo, certificado de vacunación con tres dosis emitido por NHS del Reino Unido y sus respectivas convalidaciones en la página web del Ministerio de Salud de Chile. Al llegar al país realizó un test Covid-19 en las dependencias del aeropuerto de conformidad al Plan Fronteras Protegidas del Ministerio de Salud, y se dirigió al domicilio declarado, ubicado en Camino a Panimávida 8766, Linares, lugar en donde mantuvo estricto aislamiento, encerrado en un dormitorio, en cuarentena preventiva hasta la espera de los resultados del examen PCR de Covid-19, practicado en el Aeropuerto. A la mañana siguiente, revisó los resultados del examen PCR, los que dieron positivo al Covid-19, por lo que mantuvo el autoaislamiento de cualquier persona. Ante la falta de seguimiento del Ministerio de Salud al resultado que ellos mismos tenían, y como medida de autocuidado, decidí auto reportarme como resultado positivo. Al momento en que la autoridad sanitaria concurrió a su domicilio, solicitó ser trasladado a una residencia sanitaria con el objetivo de disminuir aún más las posibilidades de contagio a su familia, y guardar una cuarentena estricta. Asimismo, reporté todos los posibles contactos estrechos a fin de que se iniciara un periodo de cuarentena. El día lunes 20 de diciembre se
Fundamentos
motivos ya señalados; ante lo cual la Autoridad Sanitaria, interpretando ampliamente las muy extraordinarias facultades que le entrega el ordenamiento, lo ha obligado a abandonar su hogar por medio de la fuerza. Ello además, constituye una flagrante vulneración del principio de juridicidad establecido en los artículos 6 y 7 de la CPR. Concluye solicitando se acoja la acción de amparo y se ordene el cese inmediato de la Internación forzada en una residencia sanitaria, dejando sin efecto la Resolución Administrativa número 003624 de 22 de Diciembre de 2021 que “Ordena la Internación en Residencia Sanitaria a Persona Mediante uso de facultades que Indica”, y de este modo, permita que el período de cuarentena preventiva obligatoria se complete en su residencia ubicada en Camino a Panimávida número 8.766, en la Comuna de Linares, todo esto con la finalidad de restablecer el imperio del derecho y asegurar su debida protección. Segundo: Que informa doña Marlenne Duran Seguel Secretaria Regional Ministerial del Ministerio de Salud del Maule, quien solicitando desde ya el rechazo de la misma, toda vez que, explica que con fecha 22 de Diciembre del año 2021, funcionarios de esa Secretaria Regional Ministerial de Salud del Maule, le informan a don Luis Ricardo Ulloa Díaz, que ha sido declarado contacto estrecho de un caso positivo de SARS-CoV-2, posible variante Ómicron, debe ingresar a Residencie sanitaria conforme lo establece el Protocolo De Manejo De Contactos De Casos Covid-19, señalándole que será sometido a vigilancia epidemiológica desde ese momento y hasta finalizar su cuarentena lo que debiese concretarse con fecha 27 de Diciembre del año 2021,en una Residencia Sanitaria. Que, en virtud de lo señalado por la recurrente, que, en el evento de no de ingresar a una residencia sanitaria se "exponían a ser sumariados con una multa de 2 millones", se desconoce. Indica que el 24 de Diciembre del año 2021 se dicta Resolución Exenta Nº 003658, que modifica Resolución Exenta Nº 001309 de fecha 14 de Mayo del año 2021, por medio de lo cual, Hace Uso de Facultades que Indica. Respecto a Personas Contagiadas con SARS-CoV-2, en la Comuna de Talca", ordenándose el traslado e ingreso obligatorio a residencias sanitarias de contacto estrecho de personas diagnosticadas con Covid Positivo, para asegurar el adecuado aislamiento y así, evitar la propagación del virus, en la comuna de Talca , pudiendo incluso solicitar el auxilio de la fuerza pública según lo dispone el artículo 8 del Código Sanitario, lo anterior, para poder cumplir y dar efectividad a las medidas administrativas dictadas al efecto que buscan disminuir el riesgo de contagio, considerando la alta virulencia del brote de Covid-19. Expone que según lo señalado en el artículo 8 del Código Sanitario se dispone el traslado haciendo uso de la fuerza pública en caso que ello fuere necesario considerando la alta virulencia del brote de Covid-19, lo que es de público conocimiento debiéndose adoptar medidas re
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, se declara que SE RECHAZA la acción constitucional de amparo deducida por Luis Andrés Ulloa Martínez, abogado, en nombre de Luis Ricardo Ulloa Díaz, en contra de doña Marlenne Duran Seguel, Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región del Maule, por haber perdido oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 483-2021/Amparo.
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Talca, treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno. Visto: Primero: Que comparece don Luis Andrés Ulloa Martínez, abogado, en nombre de Luis Ricardo Ulloa Díaz, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de doña Marlenne Duran Seguel, Secretaria Regional Ministerial De Salud De La Región Del Maule, por acto ilegal y arbitrario consistente en la Internación forzada en una residenci
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