GONZALEZ/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DEL SANTIAGO REGION METROPOLITANA
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 8 de junio de 2021 el abogado señor Pablo Daniel Peñaloza Parra dedujo acción de protección en favor de Yelitza del Carmen González Cáceres, de nacionalidad venezolana y en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa a otorgarle una reimpresión de su cédula de identidad para extranjeros, por encontrarse vencida. Estimando que con ello se vulnera la garantía contenida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política, solicita se acoja el recurso, ordenando al recurrido conceder la reimpresión del carnet de identidad. Expone que ingresó al país en calidad de turista, obteniendo posteriormente su residencia temporaria. Con fecha 18 de junio de 2020 y previo al vencimiento de su visa como residente temporal, solicitó el beneficio de Permanencia Definitiva, según consta en solicitud número 4179771, el que se encuentra pendiente de resolución. Por lo anterior, actualmente, se encuentra con su visa temporaria vencida desde hace más de 1 año y en trámite de Permanencia Definitiva, razón por la cual, su cédula de identidad para extranjeros ha estado vencida por el mismo lapso, empero, la cédula la perdió, lo que le ha traído incontables limitaciones para poder desarrollar una vida normal en el país. El servicio recurrido, informa el pasado mes de febrero, sobre la extensión de vigencia de cédulas de identidad para personas extranjeras, con el fin de evitar posibles contagios por Covid-19, y en tal sentido, se publicó el Decreto N°116 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que extiende la vigencia de las cédulas de identidad para extranjeros vencidas o por vencer, durante los años 2019, 2020, o 2021, hasta el 28 de febrero de 2022. Siendo así, la cédula de identidad cuya vigencia se hubiese extendido en virtud del referido decreto, serviría para acreditar la identidad del extranjero en territorio nacional, y en consecuencia puede ser utilizada
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y fallo del recurso de protección, se acoge la acción de protección deducida por el abogado señor Pablo Daniel Peñaloza Parra, en favor de Yelitza del Carmen González Cáceres, de nacionalidad venezolana y en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, ordenando a la recurrida a proceder a la reimpresión de una cédula física de la cédula de identidad de la recurrente N°26.914.651-6. Regístrese y en su oportunidad archívese. Redacción del Abogado Integrante señor Rodrigo Montt Swett. No firma el Ministro (s) señor García, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y del acuerdo, por haber cesado funciones en esta Corte. No firma el Abogado Integrante señor Montt, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y del acuerdo, por encontrarse ausente. N° Protección 32929-2021.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 8 de junio de 2021 el abogado señor Pablo Daniel Peñaloza Parra dedujo acción de protección en favor de Yelitza del Carmen González Cáceres, de nacionalidad venezolana y en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa a otorg
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