RAFAEL SALAYA SENIOR / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, quien interpone recurso de protección en favor Rafael Simón Salaya Senior, empleado, de nacionalidad venezolana, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Departamental 950, comuna San Miguel, y en contra del Departamento de Extranjería y Migración por el injustificado retraso en la aprobación de su permanencia definitiva, acto que vulnera las garantías constitucionales establecidas en el artículo el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880. Expone, que el señor Salaya ingresó al país obteniendo luego su visa de residente temporario solicitando el 7 de octubre de 2020 su permanencia definitiva por cumplir con todos los requisitos necesarios para ello. Añade que desde su presentación no ha recibido ninguna comunicación por parte del recurrido, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Indica que, no obstante, y habiendo transcurrido más de un año desde que realizó su solicitud el recurrido no se ha pronunciado sobre la misma vulnerando lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en especial el principio de celeridad que debe regir en el actuar de la autoridad pública. Pide, en definitiva, que se acoja el recurso de protección ordenando al Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública se pronuncie respecto a la solicitud de permanencia definitiva de su representado adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Segundo: Que el 29 de noviembre del año en curso se tuvo por incurso del apercibimiento al recurrido, prescindiéndose de su informe. El recurrente mediante presentación de 23 de diciem
Fallo
se resuelve su solicitud de permanencia definitiva, la que se encuentra en trámite en la etapa de análisis, después de haberse pagado recientemente los derechos correspondientes, hecho que en razón de un problema informático sólo se tomó en conocimiento al momento de su presentación en estos autos. Debiendo, además, tener en cuenta que parte de las consecuencias que ha generado la pandemia COVID.19, de público y notorio conocimiento, es precisamente el retardo que presentan los servicios estatales en cuanto a dar respuesta a las solicitudes de los usuarios. Sexto: Que, en consecuencia, no encontrándose acreditados los hechos que dieron fundamento a la acción deducida, no existen medidas que adoptar por parte de esta Corte de Apelaciones, por lo que se rechazará el presente recurso. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en representación de Rafael Simón Salaya Senior, en contra del Departamento de Extranjería y Migración. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°5333-2021-Protección. Pronunciada por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por la ministra Sra. María Teresa Díaz Zamora, fiscal judicial Sra. Carla Troncoso Bustamante y abogado integrante Sra. Yasna T. Bentjer
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó en la Quinta Sala, contra el recurso el abogado Sr. Nicolás Cornejo. San Miguel, 30 de diciembre de 2021. Mauricio Vergara Toro, relator. San Miguel, treinta de diciembre de dos mil veintiuno. Al escrito folio N°90.641; Téngase presente. Al escrito folio N° 90.643: A lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Prim
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