GONZÁLEZ/CLAUDIO ALEXIS NOVA REVECO TRANSPORTES E.I.R.L
Rol
Fecha
31 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales” serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470, cuyo no es el caso, no pudiendo el presente recurso ser acogido a tramitación, toda vez que se trata de reglas especiales del juicio ejecutivo de cobranza laboral, que priman por sobre aquellas que regulan los recursos admisibles durante el juicio declarativo seguido ante el juez de letras del trabajo. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el quince de diciembre del presente año, en contra de la resolución de fecha nueve de diciembre de dos mil veintiuno que rechazó, la objeción a la liquidación planteada. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-4082-2021.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el quince de diciembre del presente año, en contra de la resolución de fecha nueve de diciembre de dos mil veintiuno que rechazó, la objeción a la liquidación planteada. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-4082-2021.
Texto Completo (Preview)
mplb C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales” serán inapelables, salvo lo dispuesto e
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