4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

OSVALDO RODRIGO LAGOS VILLARREAL C/ MARIA FERNANDA VASQUEZ PALMA

Rol

Fecha

29 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: 1°) Que para efectos de decretarse un sobreseimiento definitivo se requiere que se encuentre cerrada una investigación, presupuesto que se infiere de su regulación dentro del Párrafo 7° denominado “Conclusión de la Investigación” del Título I “Etapa de Investigación” del Libro II “Procedimiento Ordinario” y de lo previsto en los artículos 248 y 271 inciso 1° del Código Procesal Penal. 2°) Que el control de mérito de las imputaciones por parte de la judicatura de garantía es una atribución limitada, según nuestra legislación procesal penal, reservándose el sobreseimiento definitivo a las hipótesis previstas en el artículo 250 del Código Procesal Penal, requiriéndose al efecto un estado de convicción de plena certeza, a diferencia del juicio adjudicador de hechos que se sustenta en un estándar absolutorio más benigno para las defensas, a saber, la duda razonable. 3°) Que en consecuencia, en mérito de los antecedentes expuestos en la presente audiencia, además de los argumentos del tribunal de primera instancia, existiendo controversia entre los intervinientes respecto a los presupuestos fácticos objeto de la investigación, estima esta Corte que los elementos de convicción no pueden llevar a decidir que en la especie no se ha cometido un delito, por aquello, como se señaló, relativo al estándar más estricto que el requerido para una sentencia absolutoria. Por estas consideraciones, se confirma la resolución en alzada de dieciocho de octubre de dos mil veintiuno, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, por la que no se accedió a la solicitud de la defensa de disponer el sobreseimiento definitivo en estos antecedentes. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase. Rol Corte: Penal-4644-2021 Ruc: 2010044979-0 Rit : O-8215-2020 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz, conformada por la Ministra señora Verónica Sabaj Esc

Fallo

Por estas consideraciones, se confirma la resolución en alzada de dieciocho de octubre de dos mil veintiuno, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, por la que no se accedió a la solicitud de la defensa de disponer el sobreseimiento definitivo en estos antecedentes. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase. Rol Corte: Penal-4644-2021 Ruc: 2010044979-0 Rit : O-8215-2020 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz, conformada por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Francisco Ovalle Aldunate. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veintiuno. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-4644-2021 Ruc: 2010044979-0 Rit : O-8215-2020 Juzgado: 4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: presidida por el Ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz, conformada por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Francisco Ovalle Aldunate. R

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