SIN INFORMACION

TRONCOSO/BANCO DE CHILE

Rol

Fecha

29 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurre doña NATALIA PAZ TRONCOSO BENAVIDES, psicóloga, soltera, domiciliada en calle Soteras número 59, comuna de Linares, quien interpone recurso de protección de garantías constitucionales en contra del Banco de Chile (“Banco” o “Banco Recurrido”), rol único tributario 97.004.000-5, representado legalmente por Pablo Granifo Lavín o quien legalmente lo subrogue o reemplace, ambos domiciliados para estos efectos en calle Independencia número 126, de la ciudad de Linares, por las actuaciones ilegales y arbitrarias cometidas en mi contra, en atención a las consideraciones de hecho y derecho que expone: I. LOS HECHOS Y CONSIDERACIONES PRELIMINARES. Señala que los hechos del presente recurso se encuentra motivado por la negativa, arbitraria e injustificada del Banco recurrido de realizar la devolución del dinero sustraído fraudulentamente desde su cuenta corriente, Banco de Chile, N° 00-217-05619-09. Expone que, con fecha 06 de julio del presente año, recibió un mensaje de texto con formato tipo del Banco de Chile, el cual indicaba, textualmente, lo siguiente: “BANCO DE CHILE, Estimado cliente su dispositivo MIPASS se encuentra INACTIVO, realice proceso de verificación. Pinche aquí: http://bit.ly/MiPass-cL)”. Atendido el hecho de que en oportunidades anteriores el Banco recurrido, le ha solicitado cambio de claves web por seguridad de la cuenta, actuando de buena fe y con la confianza de que el Banco de Chile es la entidad que maneja sus datos de contacto para estos efectos, ingresó al “link o enlace” referido en mensaje de texto, el cual le arrojó directamente al sitio web de del Banco recurrido o supuestamente lo hacía, pues la web era idéntica a la original, por lo que hace ingreso a la misma con la finalidad de activar el producto que se encontraba supuestamente inactivo, momento en que para proceder a aquello, la web le solicita las coordenadas de su “Digipass” (dispositivo que se utiliza no solo para transferir dinero y efectuar pagos, sino que también para realizar diversas otras operaciones en la web del banco), segundos después de haber hecho ingreso de ellas, recibió un correo del Banco recurrido que indicaba lo siguiente: “Natalia Paz Troncoso Banavides: Te informamos que se ha realizado una compra por $6.500.000.- con cargo a la cuenta ****1909 en Previred Botón de Pago el 06/0772021 14:58. Revisa Saldos y Movimientos en APP Mi Banco o Banco en Línea Más información 600 637 3737”. Tan pronto leyó el mensaje revisó su cuenta corriente, antes ya singularizada, dándose cuenta de que fue objeto de un fraude bancario ampliamente conocido como “phishing”, al ver que habían sustraído sin su consentimiento $6.500.000 (seis millones quinientos mil pesos) de ella. Hace presente que desconozco el pago efectuado, más aún cuando jamás he realizado ningún tipo de transacción, ni pagos, ni transferencias al destinatario de aquel, “PREVIRED” (así designado, sin embargo, conforme le fuera informado pago nunca se efectúo a dic

Fallo

fallo se condena al Banco recurrido a lo siguiente: “Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia de seis de mayo del año en curso, pronunciada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, y, en su lugar, se declara que se acoge el recurso de protección disponiéndose que el recurrido, Banco de Chile, deberá reponer, en la cuenta corriente que mantiene el actor, la suma de $8.651.216 que le fuera sustraída”. Indica que, en ese marco de acciones, por las cuales se vio absolutamente vulnerada la seguridad de sus datos personales, donde se pudo acceder de manera fraudulenta a su cuenta corriente bancaria, sobrepasando en su totalidad los límites de monto en transacciones permitidas por el banco, tanto respecto de primeros destinatarios, como de destinatarios frecuentas, porque incluso en este último caso no se puede transferir más de $5.000.000 (cinco millones de pesos), donde no ha recibiendo ningún llamado de alerta por la seguridad de la cuenta descrita, es que decidió recurrir de protección al verse vulnerado su derecho constitucional a la propiedad garantizado en el artículo 19n°24 de la Constitución Política de la República, sin perjuicio de todos los fundamentos de derecho que expondrá. Por si lo antes relatado fuera poco, averiguó que el Banco iniciará acciones legales en el Juzgado de Policía Local en su contra, en orden a qu

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Talca, veintinueve de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurre doña NATALIA PAZ TRONCOSO BENAVIDES, psicóloga, soltera, domiciliada en calle Soteras número 59, comuna de Linares, quien interpone recurso de protección de garantías constitucionales en contra del Banco de Chile (“Banco” o “Banco Recurrido”), rol único tributario 97.004.000-5, representado legalmente

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