SANCHEZ/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
29 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece el abogado Claudio Quiroga Hinojosa en representación de doña Namary Viginia Sanchez Rincon, cédula de identidad N° 29.870.829-4, asistente administrativa, de nacionalidad venezolana, con domicilio en paseo Huérfanos N° 1117 Of. N°712 de la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, e interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración Dependiente del Ministerio del Interior de Chile, representado legalmente por Álvaro Bellolio Avaria, ambos domiciliados en Matucana N° 1223, Santiago; solicitando que la recurrida le otorgue sin más demora a la recurrente la Permanencia Definitiva solicitada mediante documento con código de tramite N°5688404 de fecha 10 de junio de 2020. Expone la recurrente que en cumplimiento con lo establecido en el artículo 129 numeral 3 del Reglamento de Extranjería, inició trámite de solicitud de permanencia definitiva, que quedó signada por el código de trámite N°5688404 con fecha 10 de junio 2020, a través de la plataforma online del Departamento de Extranjería y Migración adjuntando toda la documentación requerida para dicho trámite. A la fecha de presentación del recurso, 15 meses después, la recurrente aún no obtiene resultado definitivo de su solicitud Está demora inexplicable excesiva en la tramitación de su solicitud, que entre otras cosas le trajo perjuicio tales como el no poder mantener al menos permanencia temporaria, y en vista de no obtener respuesta a la fecha del Departamento de Extranjería y Migración sobre su solicitud de permanencia definitiva realizada con fecha 10 de junio 2020, la cual actualmente, consultado su estado en el portal web de la mencionada institución figura con una base tan solo del 5%. Los inconvenientes no solo se limitan a las dificultades para la realización de cualquier tipo de trámite, de toda índole, sea ante instituciones públicas o privadas y entre particulares, trascendido inclusive como el no poder acceder al sistema f
Fundamentos
motivos de salud pública (pandemia y cuarentena), modificaciones tecnológicas, errores y deficiencias en las solicitudes, y altísimo número de las mismas.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza la acción constitucional interpuesta en estos autos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°38.242-2021.- Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señora Dobra Lusic Nadal, el Ministro (S) señora Lidia Poza Matus y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuede. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veintiuno. A los folios 12 y 13: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece el abogado Claudio Quiroga Hinojosa en representación de doña Namary Viginia Sanchez Rincon, cédula de identidad N° 29.870.829-4, asistente administrativa, de nacionalidad venezolana, con domicilio en paseo Huérfanos N° 1117 Of. N
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica