CALDERON BENITEZ CARLOS EDUARDO CON JUZGADO DE GARANTIA DE ALTO HOSPICIO
Rol
Fecha
29 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, habiéndose fundado la exclusión de prueba por parte del tribunal en su impertinencia o sobreabundancia, y no en provenir de actuaciones o diligencias que hubieren sido declaradas nulas, o en haber sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales, conforme lo señalado en el artículo 277 inciso 2°, en relación con el 276 inciso 3°, ambos del Código Procesal Penal,
Fundamentos
considerando además que los medios de prueba cuestionados se encuentran incluidos en el respectivo peritaje, y lo dispuesto en el artículo 369 del cuerpo legal citado, SE ACOGE el recurso de hecho deducido en contra de la resolución de veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno, dictada en los autos RIT 132-2021 del Juzgado de Letras de Familia, Garantía y del Trabajo de Alto Hospicio, que concedió el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público, en contra de la resolución de audiencia de trece de diciembre de dos mil veintiuno, que excluyó prueba ofrecida por el Ministerio Público en su acusación, y en su lugar
Fallo
se declara inadmisible dicho arbitrio. Incorpórese copia de la presente resolución en los autos Rol 545-2021 Penal. Devuélvase. Rol N° 554-2021 Penal.
Texto Completo (Preview)
Iquique, veintinueve de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, habiéndose fundado la exclusión de prueba por parte del tribunal en su impertinencia o sobreabundancia, y no en provenir de actuaciones o diligencias que hubieren sido declaradas nulas, o en haber sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales, conforme lo señalado en el artículo 277
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