SIN INFORMACION

MARCELA FABIOLA MIRANDA NAVARRO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL SAN MIGUEL

Rol

Fecha

29 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que doña Solange Vega Cornejo, defensora penal pública penitenciaria, recurre de amparo en favor de Marcela Fabiola Miranda Navarro en contra de la resolución N° 89-2021 de la Comisión de Libertad Condicional de quince de octubre pasado, que rechazó la postulación de su representada. Indica que la recurrente se encuentra en el C.P.F. Santiago cumpliendo condena a 10 años y un día por el delito de parricidio, siendo su fecha de ingreso el 10 de septiembre de 2016 y de término de condena el 11 de septiembre de 2026. Refiere que cumple el tiempo mínimo para postular al beneficio el 11 de mayo de 2023, no obstante ello en mérito del artículo 3 ter del Decreto Ley Nº321 dicha fecha sufre una rebaja, pues dicho artículo consagra lo siguiente: “En caso de los delitos señalados en los incisos tercero y quinto del artículo 3°, se podrá conceder la libertad condicional una vez cumplida la mitad de la pena privativa de libertad de forma efectiva a las mujeres condenadas en estado de embarazo o maternidad de hijo menor de 3 años”. Caso en que se encuentra su representada toda vez que es madre de 5 hijos, de los cuales su hija menor tiene la edad de 2 años por lo que la fecha desde la cual se podrá concedérsele la libertad condicional es el 11 de septiembre de 2021 por lo que, cumpliendo los demás requisitos, fue postulada por Gendarmería de Chile. Indica que su postulación fue rechazada por la Comisión de Libertad Condicional por estimar que a su respecto no se reúnen los requisitos del artículo 2° numeral tercero del Decreto Ley 321. Refiere que el informe de postulación psicosocial de libertad condicional elaborado por Gendarmería de Chile omitió información y antecedentes favorables de su representada y es insuficiente como método de determinar su nivel de reincidencia ante la opción de continuar su cumplimiento de condena en medio libre. Al efecto acompaña informe social elaborado por Erika Oliva Plaza, trabajadora social de la Defensoría Penal Pública,

Fundamentos

fundamentos bajo los cuales

Fallo

se decide rechazar su solicitud de libertad condicional. Señala, primeramente, que la recurrente completó sus estudios de enseñanza media en el sistema intramuros y rindió este año la Prueba de Transición Universitaria; registra actividad laboral en CET Cerrado en donde trabaja en empresa MARISSIO S.A. (1 mes) y en PRODALUM (9 meses) desde febrero de 2021, a la fecha con un desempeño “Bueno” según da cuenta certificado que acompaña. Mantiene una red de apoyo fuerte y contenedora integrada por su madre Lucrecia Navarro y su actual pareja y padre de su hija menor, Juvenal Bolados, quienes la visitan regularmente en el penal. Presenta un proyecto de vida a desarrollar en el medio libre el cual se fundamenta en retomar el contacto con sus hijos y trabajar junto a su madre en puesto de venta de alimentos para generar dinero. Para sustentar dicho proyecto cuenta con ahorros de $4.000.000 generados dentro del C.P.F Santiago. Pertenece al programa para personas privadas de libertad desde 2018, cumpliendo los objetivos que se le han planteado como es completar sus estudios, fortalecer su rol de como trabajadora y mantener adherencia en el programa del dispositivo mental del centro penitenciario. Refiere como requisitos para otorgar el beneficio de libertad condicional cumplir el tiempo mínimo de condena, tener una conducta intachable durante su reclusión y contar con un informe de postulación psicosocial que permita orientar sobre los factores de riesgo y reincidencia, con el fin d

Texto Completo (Preview)

Certifico que alegó por el recurso abogada Solange Vega Cornejo. Dejo constancia que la audiencia se inició a las 09:10 horas y concluyo a las 09:25 horas. San Miguel, 29 de diciembre de 2021. Mauricio Vergara Toro. Relator. San Miguel, veintinueve de diciembre de dos mil veintiuno. Al folio 90353: Téngase presente Vistos: Primero: Que doña Solange Vega Cornejo, defensora penal pública penitencia

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