Jdo. de Letras del Trabajo de La Serena

MALUENDA/INVERSIONES SAN MAURICIO LIMITADA

Rol

J-20-2019

Fecha

20 de enero de 2020

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO : Que, con fecha 30 de marzo de 2019 ha comparecido doña Ximena del Carmen Maluenda Rodríguez y deduce demanda ejecutiva en contra de INVERSIONES DIAGUITAS S.A., INVERSIONES SAN MAURICIO LTDA e INVERSIONES PACIFICO NORTE S.A. todas representadas legalmente por don Juan Guillermo Flores Burgoa. Esgrime como título ejecutivo un avenimiento parcial de fecha 29 de octubre de 2018 en causa RIT O-452-2018, aprobado por este Tribunal y alega que la ejecutada INVERSIONES DIAGUITAS S.A. se comprometió al pago de la suma de $5.000.000.- (cinco millones de pesos), pagaderos en 8 cuotas iguales, sucesivas y mensuales de $625.000.- (seiscientos veinticinco mil pesos) cada una, dentro de los primeros 10 días de cada mes, a partir enero de 2019, por medio de transferencias electrónicas en la cuenta RUT del demandante en el Banco Estado. Señala que las ejecutadas Inversiones San Mauricio Ltda. e Inversiones Pacifico Norte S.A. se constituyeron como codeudoras solidarias, acordándose en el avenimiento la aplicación del artículo 468 del Código del Trabajo en caso de incumplimiento. Agrega que la suma acordada no fue pagada en su totalidad, sólo se pagaron las cuotas 1 y 2, encontrándose pendientes de pago desde la cuota 3 a la 8 por un total de $3.750.000.-, de manera que exige su pago más interese, reajustes y costas. SEGUNDO : Que, la ejecutada opuso excepción de pago, indica que en atención a la situación económica de la ejecutada, previo acuerdo con la ejecutante, se modificó el calendario de pagos. Detalla que se hizo pago de la totalidad del dinero acordado en el avenimiento a través de transferencias de dinero efectuadas a la cuenta RUT de la demandante los días 21 de febrero de 2019 por $1.250.000.-, 17 de abril de 2019 por $1.250.000.-, 10 de mayo de 2019 por $625.000.-, 14 de mayo de 2019 por $1.000.000.- y la suma de $875.000.- depositada en la cuenta corriente del Tribunal con fecha 15 de mayo de 2019, de manera que la deuda se encu

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 463 y siguientes del Código del Trabajo y artículos 466 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: I.- Que, se acoge parcialmente la excepción de pago opuesta y se dispone seguir adelante la ejecución, debiendo practicarse una nueva liquidación del crédito que dé cuenta de los abonos por las sumas de $1.250.000.- (un millón doscientos cincuenta mil pesos) de fecha 17 de abril de 2019; $625.000.- (seiscientos veinticinco mil pesos) de fecha 10 de mayo de 2019 y $1.000.000.- (un millón de pesos) de fecha 14 de mayo de 2019, hasta el pago íntegro de lo adeudado en capital e intereses. II.- Atendido lo dispuesto en el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil cada parte pagará sus costas. Notifíquese a los apoderados de las partes por correo electrónico como lo han solicitado. RIT: J-20-2019 BDSXBVXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl RUC: 19-3-0100847-6 Dictada por doña VALERIA MULET MARTINEZ Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena. En La Serena a veinte de enero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la r

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La Serena, veinte de enero de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO : Que, con fecha 30 de marzo de 2019 ha comparecido doña Ximena del Carmen Maluenda Rodríguez y deduce demanda ejecutiva en contra de INVERSIONES DIAGUITAS S.A., INVERSIONES SAN MAURICIO LTDA e INVERSIONES PACIFICO NORTE S.A. todas representadas legalmente por don Juan Guillermo Flores Burgoa. Esgrime como título ej

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