SIN INFORMACION

VALENZUELA/ISAPRE CONSALUD S.A.

Rol

Fecha

28 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ha comparecido el abogado don Marcelo Muñoz Ferrer, domiciliado en Gran Avenida 3840, oficina 810, San Miguel, actuando por doña Ana Luisa Valenzuela Aedo, domiciliada en avenida El Cerro N° 0238, Providencia, y recurre de protección en contra de la Isapre Consalud S.A., domiciliada en Rosario Norte 407, pisos 8 y 9, Las Condes. Sostiene que celebró con la recurrida un plan de salud denominado EASYPLAN 20 11A, código de plan 13-EP11A-20 y que tiene como prestadores preferentes a: - Clínica Red Salud Vitacura con cobertura hospitalaria por el 100% sin tope. - Clínica BUPA Santiago, con cobertura hospitalaria por el 80% sin tope. - Clínica INDISA, con cobertura hospitalaria por el 80% sin tope. - Hospital Clínico Universidad Católica, con cobertura hospitalaria por el 80% sin tope. - Clínica San Carlos de Apoquindo, con cobertura hospitalaria por el 80% sin tope. - Clínica Santa María, con cobertura hospitalaria por el 70% sin tope. - Clínica Alemana, con cobertura hospitalaria por el 45% sin tope. - Clínica Las Condes, con cobertura hospitalaria por el 45% sin tope. Refiere que está embarazada y que su ginecóloga Marcia Venegas Naranjo era parte del staff de la Red Salud Vitacura pero esta institución cerró su maternidad, razón por la cual entiende vulnerado los derechos que indica, garantizados en los números 2°, 9° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, al no poder atenderse por su doctora de confianza en un establecimiento que tenga una cobertura de un 100%, sin tope, al igual que sucedía con la Red Salud Vitacura. Pide, derechamente, que se acoja su recurso y se le otorgue el 100% de cobertura en cualquier institución en que la mencionada médico, la señora Venegas Naranjo, sea parte del staff, preferentemente la Clínica Indisa. SEGUNDO: Que informando la Isapre recurrida, señaló que “sólo por esta ocasión, le respetará (a la recurrente) la cobertura del plan de salud en las atenciones

Fallo

Fallo del Recurso de Protección, se rechaza la acción constitucional deducida en autos. Regístrese, comuníquese y archívese N° 39.659-2021. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz, conformada por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Cristian Lepin Molina.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ha comparecido el abogado don Marcelo Muñoz Ferrer, domiciliado en Gran Avenida 3840, oficina 810, San Miguel, actuando por doña Ana Luisa Valenzuela Aedo, domiciliada en avenida El Cerro N° 0238, Providencia, y recurre de protección en contra de la Isapre Consalud S.A., domiciliada en Rosario Norte 4

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