SOLANGE DE LAS MERCEDES VALENZUELA MONTECINOS C/ ALLISON DENISSE MONTECINOS HERRERA
Rol
Fecha
28 de diciembre de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: 1.- Que conforme al mérito de los antecedentes aparece que se configuran en la especie los requisitos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 2.- Que en cuanto a la necesidad de cautela, teniendo en consideración que la imputada ya ha sido condenada por delitos de la misma especie, la forma y circunstancia de comisión del ilícito y la pena asignada al mismo llevan a esta corte a estimar que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintiséis de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Garantía de esta ciudad, en virtud de la que no se dio lugar a la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público y se decide en cambio que Allison Montecinos Herrera queda sometida a la cautelar de prisión preventiva. Comuníquese y devuélvase. Penal-5517-2021. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintiséis de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Garantía de esta ciudad, en virtud de la que no se dio lugar a la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público y se decide en cambio que Allison Montecinos Herrera queda sometida a la cautelar de prisión preventiva. Comuníquese y devuélvase. Penal-5517-2021. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintiocho de diciembre de dos mil veintiuno. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-5517-2021 Ruc: 2101162221-3 Rit : O-6290-2021 Juzgado: 1º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: las Ministros señora Maria Soledad Melo Labra, señor Inelie Duran Madina y el Abogado Integrante señor Patricio Ignacio Carvajal Ramirez Relatora: Eva Curia Digitador (s): Alejandr
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