QUIÑONES/MINISTERIO DEL INTERIOR
Rol
Fecha
27 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Franccesco André Quiñones Tarazona, y deduce recurso de amparo, en favor de don Felipe Sanches Sanches, en contra del Ministerio del Interior, por el decreto de expulsión número 680 de 10 de marzo de 2021, notificado al amparado con fecha lunes 6 de diciembre de 2021. Señala que el amparado fue condenado en causa RUC 1500502850-4 y cumple una pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de abuso sexual, cometido en días y horas indeterminadas del año 2014, estando privado de su libertad continuamente desde el día 31 de octubre de 2018, culminando su condena el 1 de noviembre de 2023, pena impuesta por el Séptimo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, con fecha 10 de octubre de 2019. Que, por cumplir los requisitos establecidos en la ley, se solicitó la aplicación de la pena mixta, siendo la misma autorizada con fecha 30 de julio de 2021, otorgándose orden de libertad. Refiere que el lunes 6 de diciembre el amparado se dirigió a una oficina del Registro Civil, donde le indican que debía quedar detenido, llamando a la policía, siendo trasladado a dependencias de la PDI, lugar donde estuvo todo el día privado de libertad sin orden de ningún juzgado. Se le comunicó que sería expulsado del país. Precisa que se dispuso su expulsión, mediante el decreto número 680 de 10 de marzo de 2021, en circunstancias que el recurrente aún tiene pendiente el cumplimiento de la pena mixta en libertad, refiriendo que la expulsión está fijada para el día viernes 10 de diciembre de 2021, arguyendo de este modo, que la misma es ilegal y arbitraria. Agrega que el recurrente mantiene un arraigo familiar y social en Chile, viviendo con su núcleo familiar compuesto por su cónyuge, hijos y nietos. Además, genera ingresos propios pagando impuestos y dando boletas formales. Alega vulnerada la garantía constitucional del artículo 19 Nº 7 de la Carta Fundamental. Pide que se acoja el recurso, dispon
Fallo
por tanto, la acción constitucional de autos, no puede prosperar. Sexto: Que el recurrente con su accionar, se ha puesto voluntariamente dentro de la hipótesis que prevé la Ley, en virtud del hecho delictivo y condena que le afecte por lo que debe asumir las consecuencias de su conducta. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara: Que se rechaza el Recurso de Amparo deducido en favor de don Felipe Sanches Sanches en contra del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-5802-2021. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señora Dobra Lusic Nadal, el Ministro (S) señora Lidia Poza Matus y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veintiuno. A los folios 10 y 11: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Franccesco André Quiñones Tarazona, y deduce recurso de amparo, en favor de don Felipe Sanches Sanches, en contra del Ministerio del Interior, por el decreto de expulsión número 680 de 10 de marzo de 2021, noti
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