ISEG CHILE SPA/
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Se reproduce el fallo en alzada. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, el apoderado de la denunciada Empresa ISEG CHILE SpA, interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia de primer grado que condenó a su representada a pagar una multa de diez ingresos mínimo mensuales conforme al inciso octavo del artículo 3° del Decreto Ley N°3.607 del año 1981, del Ministerio del Interior, por haber sorprendido al guardia privado Jonathan Godoy Ceballos, sin uniforme acorde a lo establece el artículo 8° del Decreto N° 867 del año 2017, y sin seguro de vida, obligación establecida en el artículo 13 del Decreto Supremo N° 93 del año 1985 del Ministerio de Defensa Nacional el 27 de junio de 2020. Fundamenta su arbitro procesal, primeramente, en haber acreditado que el mencionado Godoy Ceballos cumplía funciones de guardia haciendo uso del informe reglamentario; y en relación al seguro de vida, señala que la nómina de los asegurados se actualiza mes a mes mientras sean dependientes del, y que am la fecha de la fiscalización la póliza de seguro acompañada a juicio tenía vigencia hasta el 26 de mayo de 2022 habiendo entrado en vigencia el 27 de mayo de 2021 por lo que “don Jonathan Godoy Ceballos aparecía en la nómina de asegurados vigentes, con un seguro de vida con vigencia hasta el 26 de mayo de 2021, mantenía un seguro de vida a su favor, toda vez que ISEG Chile SpA. Había renovado todos los seguros de vida a favor de su personal desde el 27 de mayo de 2021 hasta el 26 de mayo de 2022”, lo que se encuentra acreditado en el documento caratulado “condiciones Particulares, Seguros de Vida Colectiva, Segur de Vida a Guardia, Poliza N°C0000039”, de 3 de junio de 2021, a que no se hace referencia en la sentencia, en que fue acompañado oportunamente por lo que también probó el cumplimiento de dicha existencia. Hace referencia a normas constitucionales y jurisprudencia para reprochar la sanción que se ha impuesto, por no encontrarse contempladas normas legales sin
Fallo
fallo en alzada. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, el apoderado de la denunciada Empresa ISEG CHILE SpA, interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia de primer grado que condenó a su representada a pagar una multa de diez ingresos mínimo mensuales conforme al inciso octavo del artículo 3° del Decreto Ley N°3.607 del año 1981, del Ministerio del Interior, por haber sorprendido al guardia privado Jonathan Godoy Ceballos, sin uniforme acorde a lo establece el artículo 8° del Decreto N° 867 del año 2017, y sin seguro de vida, obligación establecida en el artículo 13 del Decreto Supremo N° 93 del año 1985 del Ministerio de Defensa Nacional el 27 de junio de 2020. Fundamenta su arbitro procesal, primeramente, en haber acreditado que el mencionado Godoy Ceballos cumplía funciones de guardia haciendo uso del informe reglamentario; y en relación al seguro de vida, señala que la nómina de los asegurados se actualiza mes a mes mientras sean dependientes del, y que am la fecha de la fiscalización la póliza de seguro acompañada a juicio tenía vigencia hasta el 26 de mayo de 2022 habiendo entrado en vigencia el 27 de mayo de 2021 por lo que “don Jonathan Godoy Ceballos aparecía en la nómina de asegurados vigentes, con un seguro de vida con vigencia hasta el 26 de mayo de 2021, mantenía un seguro de vida a su favor, toda vez que ISEG Chile SpA. Había renovado todos los seguros de vida a favor de su personal desde el 27 de mayo de 2021 hasta el 26 de mayo de 2022”, lo
Texto Completo (Preview)
Arica, veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO: Se reproduce el fallo en alzada. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, el apoderado de la denunciada Empresa ISEG CHILE SpA, interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia de primer grado que condenó a su representada a pagar una multa de diez ingresos mínimo mensuales conforme al inciso octavo del artículo 3° del Decret
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