SIN INFORMACION

CONSTRUCTORA GARCIA SALAS LIMITADA/INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 18 de octubre de 2021, don Gustavo Torres Mendoza, en representación de “CONSTRUCTORA GARCÍA SALAS SPA.”, interpone recurso de protección en contra de INSTITITUTO NACIONAL DE DEPORTES REGION DE COQUIMBO (IND), persona jurídica de derecho público, representada por su Directora Regional doña MARIA VIRGINIA VARAS GUERRERRO, a fin que se declare ilegal y arbitraria la resolución exenta N° 459/2021 de fecha 14 de Septiembre de 2021, que dispone el término anticipado del contrato que indica y aplica multas en los términos que señala. Refiere que con fecha 8 de julio de 2019, el Instituto Nacional de Deportes región de Coquimbo –en adelante, IND-, mediante Resolución Exenta N°243, aprobó las bases administrativas, técnicas, anexos y bases de prevención de riesgos laborales para la ejecución del proyecto denominado “Conservación gimnasio techado, Los Vilos”, efectuando el correspondiente llamado a participar de la referida propuesta pública bajo el ID N° 931-15-LQ19. Hace presente que, mediante Resolución Exenta N° 263, dicha licitación pública se adjudicó a la empresa RBA Ingeniería S.A. RUT N° 96.583.380-0, por un monto de $175.990.084.- más IVA. Sin embargo, dicha adjudicación fue reclamada por el recurrente con fecha 8 de agosto de 2019, mediante reclamo singularizado bajo el N° INC-2952508-M7Z0, quien, en su calidad de oferente en la licitación pública precitada, impugnó el certificado presentado por el adjudicatario con el objeto de acreditar su experiencia, solicitando comprobar de manera más directa y racional la veracidad de dicho documento, y así demostrar la real ejecución de los trabajos declarados. Expresa que, mediante Resolución Exenta N° 278, de fecha 16 de agosto de 2019, el IND inició un procedimiento de invalidación, notificando al interesado mediante carta certificada N°1176169063886, remitida con fecha 16 de agosto de 2019, para efectos de dar cumplimiento al trámite de audiencia previa. Debido a lo

Fundamentos

Considerando la gravedad de las observaciones con respecto a la deficiente ejecución de los trabajos descritos anteriormente sugerimos aplicar el monto definido para la multa, contenido en el Certificado de Fianza de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de las Obras para la Conservación Gimnasio Techado Los Vilos, N° B0062073-01 por un monto de $20.764.907.-, emitida por la Compañía MASAVAL S.A.G.R., con vigencia hasta el día 30 de noviembre del 2021”. Respecto de la pertinencia de resolver el término anticipado de contrato, concluyó que, complementando el Informe Técnico de Aplicación de Multas de fecha 17 de agosto del 2021, que se deja constancia la necesidad de poner término anticipado del contrato debido a las faltas cometidas por la empresa contratista, según lo definido en el numeral 32 “TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO”, letras f) y g), de las Bases Administrativas aprobadas por Resolución Exenta 243 de fecha 8 de julio del 2019, y que rigen la presente licitación pública, en la cual se define lo siguiente: f) Si el contratista no acatare en forma reiterada las órdenes e instrucciones de la I.T.O.D; g) Si por error en la ejecución, los trabajos quedaran con defectos graves que no pudieran ser reparados y ellos comprometieran su seguridad u obligaran a modificaciones sustanciales de lo contratado. Hace presente que dicho informe especificó y detalló las oportunidades en las cuales se le solicitó al contratista la reparación de las observaciones, según se indica a continuación: 21/07/2020: Informe Técnico solicita reparaciones de filtraciones de agua lluvia por la cubierta. Se realizan las reparaciones con observaciones; 29/07/2020: Res. Ex. 116 Aprueba acta de recepción provisoria con observaciones. Se realizan las reparaciones con observaciones; 06/08/2020: Oficio 176 Solicita reparaciones de filtraciones de agua lluvia por la cubierta. Se realizan las reparaciones con observaciones; 27/10/2020: Oficio 240 Solicita reparaciones de filtraciones de agua lluvia por la cubierta. Se realizan las reparaciones con observaciones; 25/11/2020: Oficio 267 Solicita reparaciones de filtraciones de agua lluvia por la cubierta 4 y otras observaciones menores. Se realizan las reparaciones con observaciones; 19/03/2021: Oficio 41 Solicita efectuar reparaciones correspondientes. NO hay respuesta por parte del contratista; 09/04/2021: Oficio 50 Reparaciones por garantía. Establece como plazo máximo para realizar las reparaciones solicitadas previamente para el día 31 de julio 2021. NO hay respuesta por parte del contratista; 15/07/2021: Oficio 171 Recuerda vencimiento de plazo respecto de reparaciones de garantía, obra de conservación gimnasio Los Vilos. NO hay respuesta por parte del contratista. Refiere que Con fecha 31 de mayo de 2021, se realizó visita en conjunto con la empresa que instaló el piso (FERROL), en los que se detectaron falencias graves en la instalación (por parte del técnico enviado por la marca). A p

Fallo

Por tanto, en este contexto, en su calidad de dueño del recinto, el IND convocó a una propuesta pública para la ejecución de proyecto denominado “Conservación gimnasio techado, Los Vilos” Código BIP Nº40003905-0 y posteriormente, se celebró un contrato de ejecución de obras con el adjudicatario, con el objeto de ejecutar el proyecto referido en los términos establecidos en las bases administrativas, técnicas, anexos, bases de prevención de riesgos laborales y la oferta presentada por el adjudicatario, el cual fue aprobado mediante Resolución Exenta No 294, de 2019. Señala que, con fecha 2 de junio de 2020, la Comisión formuló observaciones de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23 de las bases administrativas, fijando un plazo para que el contratista ejecute, a su costa, los trabajos y reparaciones pertinentes y que, con fecha 11 de junio de 2020, se visitó nuevamente la obra, y en específico las observaciones formuladas, constatándose en terreno la ejecución de las reparaciones pertinentes. Que, posteriormente, con fecha 11 de junio de 2020, dicha comisión procedió a otorgar la recepción provisoria de las obras, según da cuenta el acta respectiva. Así, mediante Resolución Exenta N°116, de 29 de julio de 2020, se aprobó la recepción provisoria de las obras. Refiere que con ocasión de los trámites asociados a la recepción definitiva de la obra según lo dispuesto en el numeral 24 de las bases administrativas, el ITO de la Obra Sr. Pablo Piña Fernández emitió dos inform

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Constructora García Salas SPA Instituto Nacional de Deportes Región de Coquimbo Recurso de Protección Rol N°1924-2021.- La Serena, veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 18 de octubre de 2021, don Gustavo Torres Mendoza, en representación de “CONSTRUCTORA GARCÍA SALAS SPA.”, interpone recurso de protección en contra de INSTITITUTO NACIONA

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