3º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE LA FLORIDA

GACITUA MANTEROLA EDUARDO-ORDENES MUÑOZ ELSA-CIFUENTES ORDENES FELIPE-MANTEROLA LILLO MARIA

Rol

Fecha

22 de diciembre de 2021

Materia

SIN MATERIA

Resultado

CONFIRMA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del

Fundamentos

considerando Octavo, que se elimina. Y se tiene en su lugar, además, presente: Que con el documento incorporado por el demandante a fojas 36 y 37, no objetado, apreciado de acuerdo a las nomas de la sana critica, se hace plena prueba para demostrar que el daño emergente sufrido por el actor por la conducta ilícita del demandado Felipe Alejandro Cifuentes Ordenes, asciende a $1.212.257, suma que se ordenará pagar tanto a este, como a la solidariamente responsable, doña Elsa del Pilar Ordenes Muñoz, en cuanto propietaria del vehículo y de acuerdo a lo previsto en el artículo 174 de la Ley N° 18.290 Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N°18.287, se confirma la sentencia apelada de fecha treinta de marzo de dos mil diecinueve, rolante fojas 44 y siguientes, con declaración que se eleva el monto que por daño emergente deben pagar los demandados, en forma solidaria, a la actora, a la suma de $1.212.257 (un millón doscientos doce mil doscientos cincuenta y siete pesos) Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-2651-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintiuno. Proveyendo los escritos folios 22 y 23: téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del considerando Octavo, que se elimina. Y se tiene en su lugar, además, presente: Que con el documento incorporado por el demandante a fojas 36 y 37, no objetado, apreciado de acuerdo a las nomas de la sana c

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