ÁLVAREZ/ILTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2021
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En estos autos RIT O-6966-2019, RUC Nº 1940223596-1, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, la jueza de dicho tribunal doña Andrea Silva Ahumada, acogió la demanda de reconocimiento de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones interpuesta por Denisse del Rosario Álvarez Vera en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, declarando que la relación laboral que vinculó a las partes entre el 24 de marzo de 2004 y el 7 de agosto de 2019 es de carácter laboral, y que el despido de la actora resulta injustificado, por lo que condena a la demandada al pago de las prestaciones que refiere, desechando en lo demás la demanda, sin costas. Contra ese fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, el que sustentó en las causales que señala, interpuestas una en subsidio de la otra, a saber: (i) causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 3 letra b), 7 y 8 inciso primero, todos del Código del Trabajo, y artículos 1, 3 y 4 de la Ley N° 18.883 y; (ii) en subsidio de la causal anterior, el motivo de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la transgresión a los artículos 41 y 58 del Código del Trabajo, y artículo 19 del Decreto Ley N° 3.500, pidiendo anular la sentencia, dictando la correspondiente de reemplazo, en el sentido que se niegue la declaración de la relación laboral, y por ende se desestime la declaración del despido, su fecha cierta y la calificación de injustificado del mismo, negando todas las prestaciones que emanan de dicha declaración. En subsidio de la antedicha petición principal, pide anular parcialmente la sentencia definitiva, dictando la correspondien
Fundamentos
Considerando: 1°) Que la parte demandada funda su arbitrio en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del
Fallo
fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, el que sustentó en las causales que señala, interpuestas una en subsidio de la otra, a saber: (i) causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 3 letra b), 7 y 8 inciso primero, todos del Código del Trabajo, y artículos 1, 3 y 4 de la Ley N° 18.883 y; (ii) en subsidio de la causal anterior, el motivo de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la transgresión a los artículos 41 y 58 del Código del Trabajo, y artículo 19 del Decreto Ley N° 3.500, pidiendo anular la sentencia, dictando la correspondiente de reemplazo, en el sentido que se niegue la declaración de la relación laboral, y por ende se desestime la declaración del despido, su fecha cierta y la calificación de injustificado del mismo, negando todas las prestaciones que emanan de dicha declaración. En subsidio de la antedicha petición principal, pide anular parcialmente la sentencia definitiva, dictando la correspondiente de reemplazo, en el sentido que pese a declararse la relación laboral, para los efectos del pago de las cotizaciones de seguridad social de la ejecutante (sic), se ordene el pago de las mismas de acuerdo a la renta que percibió la actora en cada periodo a pagar; y se le exone
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Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos: En estos autos RIT O-6966-2019, RUC Nº 1940223596-1, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, la jueza de dicho tribunal doña Andrea Silva Ahumada, acogió la demanda de reconocimiento de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de
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