CHRISTIAN MURA COURCELLE-SENEUIL CONTRA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLAN
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: 1°.- Que, comparece Christian Mura Courcelle-Seneuil, abogado de la parte demandante en autos civiles caratulados “GARRIDO CON FISCO DE CHILE”, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 22 de noviembre pasado que concede la apelación deducida contra una sentencia interlocutoria. Refiere que la demandada interpuso recurso de reposición con apelación subsidiaria el 19 de noviembre último, en contra de la sentencia interlocutoria dictada el 16 del referido mes y año. Añade que el recurso de reposición interpuesto no sería procedente, atendido lo dispuesto en el inciso segundo el artículo 181 del Código de Procedimiento Civil, pues éste sólo sería posible contra autos y decretos, no contra una sentencia interlocutoria, lo que también establece el artículo 188 del mismo cuerpo legal. En lo atingente a la apelación subsidiaria, el letrado considera que debe ser declarada inadmisible, ya que al interponer un recuro de reposición improcedente, la apelación subsidiaria debe ser considerada inadmisible, al no haberse empleado el mecanismo procesal idóneo, buscando dilatar innecesariamente el procedimiento. En cuanto al derecho, el letrado se limita a transcribir los artículos 158, 181, 188, 196 y 205 del Código de Procedimiento Civil. Termina solicitando tener por interpuesto recurso de hecho en contra de la referida resolución del señor juez a quo, acogerlo en todas sus partes y, en definitiva, declarar inadmisible la apelación deducida, con costas. 2°.- Que, el recurso de hecho tiene por objeto obtener del tribunal superior que enmiende en conformidad a derecho los agravios que causa el inferior al pronunciarse sobre el mismo. 3º.- Que en autos, la controversia radica en determinar, si la resolución que falla las excepciones dilatorias, dentro de un juicio civil, puede apelarse en subsidio de la reposición o no. 4°.- Que, conforme a las definiciones del artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, la resolución en análisis, tiene la
Fallo
por tanto, resulta inadmisible por improcedente. Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto por los artículos 187 y 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido por Christian Mura Courcelle-Seneuil, abogado de la parte demandante en autos civiles caratulados “GARRIDO CON FISCO DE CHILE”, Rol N° 1783-2021 del ingreso del Primer Juzgado Civil de esta ciudad, en contra de la resolución de fecha 22 de noviembre de 2021, que concede la apelación subsidiaria interpuesta por la parte demandada, la que se deja sin efecto, y en su lugar se decide que el recurso de apelación deducido el 19 de noviembre último queda denegado. Comuníquese al Primer Juzgado Civil de Chillán y agréguese copia de este fallo en los autos civiles Rol Corte N°363-2021. Regístrese, y archívese en su oportunidad. Redacción a cargo de la Ministra Titular señora Paulina Gallardo García. RIC 375-2021. Civil 1
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Chillán, veinte de diciembre de dos mil veintiuno. Visto: 1°.- Que, comparece Christian Mura Courcelle-Seneuil, abogado de la parte demandante en autos civiles caratulados “GARRIDO CON FISCO DE CHILE”, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 22 de noviembre pasado que concede la apelación deducida contra una sentencia interlocutoria. Refiere que la demandada interpuso r
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