INMOBILIARIA BELLAVISTA S.A./NAVARRO
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2021
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, no existiendo vicio procedimental alguno susceptible de ser dejado sin efecto por la nulidad decretada, y lo previsto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veinticinco de febrero de dos mil veintiuno, escrita a folio N°28, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio y en su lugar se declara que se deja sin efecto la resolución en alzada, debiendo retrotraerse la causa al estado de “autos para fallo”, el que deberá pronunciarse dentro del término legal. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-361-2021. En Valparaíso, veinte de diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara que se deja sin efecto la resolución en alzada, debiendo retrotraerse la causa al estado de “autos para fallo”, el que deberá pronunciarse dentro del término legal. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-361-2021. En Valparaíso, veinte de diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de diciembre de dos mil veintiuno. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, no existiendo vicio procedimental alguno susceptible de ser dejado sin efecto por la nulidad decretada, y lo previsto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veinticinco de febrero de dos mil veintiuno, escrita a folio N°28, d
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