SIN INFORMACION

/LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

17 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Nadia Cánovas Sánchez, cédula nacional de identidad número 15.132.801-6, domiciliada para estos efectos en calle Carmen N° 752, oficina 1103 de la comuna de Curicó́, en favor de don Luis Durán Durán, cédula nacional de identidad Nº 18.252.708-4, privado de libertad en el Centro penitenciario de Talca y deduce acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República en contra de la Comisión de Libertad Condicional del segundo semestre, por el acto ilegal, ejecutado mediante resolución fecha 15 de octubre del año 2021 que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere que el amparado se encuentra cumpliendo condena por los delitos de porte de arma sujeta a control y del art. 4 de la ley 20.000 en causa RIT 4073-2019 del Juzgado de garantía de Curicó́, condenado a dos penas de 3 años y 1 día más 541 días. Refiere ha sido su conducta en los últimos cuatro Bimestres calificada de Muy Buena y El inicio de su condena es el día 11 de julio de 2019, mientras que el término es el día 18 de abril de 2023. Por su parte el tiempo mínimo de postulación es el día 12 de septiembre de 2021 Sostiene que la Comisión de Libertad Condicional decidió́ rechazar la petición de Libertad Condicional, argumentando: “…No cumple con todos los requisitos legales, en particular los referidos en el artículo 2° número 3 del citado cuerpo legal, por cuanto del informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, se desprende que el recluso presenta un mediano compromiso delictual y alto riesgo de reincidencia, con necesidades de intervención en los factores educación y empleo, utilización del tiempo libre, vinculación a pares, actitud y orientación procriminal, patrón antisocial, consumo de alcohol y drogas, como factor de riesgo al momento de ejecutar conductas asociadas a lo procriminal. Por último, si bien reconoce la comisión del

Fundamentos

considerandos anteriores esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado, cuya negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Nadia Cánovas Sánchez, en favor de don Luis Durán Durán en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional del Segundo semestre con fecha 15 de octubre del presente año. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. N°Amparo-448-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Nadia Cánovas Sánchez, cédula nacional de identidad número 15.132.801-6, domiciliada para estos efectos en calle Carmen N° 752, oficina 1103 de la comuna de Curicó́, en favor de don Luis Durán Durán, cédula nacional de identidad Nº 18.252.708-4, privado de libertad en el Centr

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