MOROS ROJAS MARCOS MIGUEL/MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
17 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado don Claudio Quiroga Hinojosa quien, a favor de don Marcos Miguel Moros Rojas, ha interpuesto acción constitucional de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, representado por su ministro, Andrés Allamand Zavala, por vulnerar su derecho a la libertad personal, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Explica que producto de la crisis humanitaria de Venezuela, se ingresó con fecha 30 de julio de 2019 la solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática correspondiente al amparado, de 60 años de edad y de nacionalidad venezolana, con el objeto de que se reúna con su hija y esposa quienes residen en nuestro país desde el año 2016. Añade que con fecha 31 de marzo de 2020 recibió un correo proveniente del Sistema de Atención Consular de Chile, asignándole cita para la entrega de documentos entre el 30 noviembre 2020 y el miércoles 2 Diciembre 2020, en el Consulado General de Chile en Caracas. Sin embargo, el 11 de noviembre de 2020, recibió un correo electrónico, proveniente de la Cancillería de Chile, mediante el cual se le informó el cierre de su procedimiento y rechazo de su solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática. Estima que el acto ya referido es ilegal por cuanto vulnera la ley 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado y además vulnera el principio de la unidad de la familia. Solicita ordenar al Consulado General de Chile en Venezuela, que se programe la cita para la entrega de documentación con el propósito de continuar con el procedimiento de solicitud de visa consular del amparado. SEGUNDO: Que don Julio Fiol Zúñiga, Director de Asuntos Consulares, Inmigración y de Chilenos en el Exterior evacuó el informe solicitado. En primer término, da cuenta de la situación mundial producida por el brote del virus denominado SARS-CoV-2, el que ha afec
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia SE ACOGE la acción constitucional interpuesta en favor de Marcos Miguel Moros Rojas, solo en cuanto se ordena a la repartición pública recurrida, dentro del menor plazo, citar a la amparada al Consulado correspondiente a su domicilio actual, a fin de que presente la documentación requerida, y resolver la solicitud de visa, como corresponda, debiendo en consecuencia, continuar con la tramitación normal de la petición formulada en su oportunidad. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y archívese en su oportunidad. N°Amparo-5850-2021. En Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado don Claudio Quiroga Hinojosa quien, a favor de don Marcos Miguel Moros Rojas, ha interpuesto acción constitucional de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, representado por su ministro, Andrés Allamand Zavala, por vulnerar su derecho a la liber
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