JUZGADO DE GARANTIA DE VALPARAISO

CRISTIAN FERNANDO CISTERNA SALINAS C/ DANIEL ALEJANDRO GARRIDO DIAZ

Rol

Fecha

17 de diciembre de 2021

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: 1°) Que la razón por la que fue excluida la declaración del testigo del Ministerio Público no dice relación con su obtención, como lo exige el artículo 276 del Código Procesal Penal, de manera que el medio de prueba fue excluido en un caso no contemplado en la ley, puesto que la norma antes indicada señala taxativamente aquellos casos en que un medio de prueba puede ser objeto de exclusión. 2°) Que, además, como la alegación no se refiere a la obtención del medio excluido, sino a otras circunstancias, su ponderación corresponde al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal que conozca del respectivo juicio oral, conforme lo dispuesto en los artículos 295 y 297 del Código Procesal Penal. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 277 inciso 2° del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, que excluyó la declaración del testigo Felipe Martínez Geiger y, en su lugar, se dispone que la referida declaración deberá incluirse en el auto de apertura, testigo que podrá declarar en el respectivo juicio oral. Comuníquese y devuélvase. RUC N° 2000396629-2 N°Penal-2672-2021. En Valparaíso, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 277 inciso 2° del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, que excluyó la declaración del testigo Felipe Martínez Geiger y, en su lugar, se dispone que la referida declaración deberá incluirse en el auto de apertura, testigo que podrá declarar en el respectivo juicio oral. Comuníquese y devuélvase. RUC N° 2000396629-2 N°Penal-2672-2021. En Valparaíso, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno, se da inicio a esta audiencia a las 10:23 horas, ante la Quinta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Sr. Álvaro Carrasco Labra e integrada por la Ministro Sra. Carolina Figueroa Chandía y el Abogado Integrante Sr. Alberto Balbontín Retamales y actuando como Ministro

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