SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE JUAN GALLEGUILLOS PIZARRO EN CONTRA DE LA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2° SEMESTRE 2021)

Rol

Fecha

15 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece Carla de Borguie Véjar, abogada, defensora pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Juan Manuel Galleguillos Pizarro, cédula nacional de identidad Nº 16.436.185-3, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario La Serena, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°417-2021, de fecha 13 de octubre de 2021, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que el amparado cumple actualmente condena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de robo con intimidación, impuesta por el Juzgado de Garantía de Vicuña en la causa RIT 723-2019, RUC 1901035634-5. Señala que cumple los requisitos exigidos por el Decreto Ley N°321 en cuanto al tiempo mínimo de cumplimiento de condena y registrar conducta ‘muy buena’ en los últimos cuatro bimestres. Indica que la comisión rechazó su postulación esgrimiendo que “Que analizados y ponderados por esta Comisión los antecedentes que constan en la carpeta de dicho postulante, se estima que el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que: -El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten a la demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un muy alto riesgo de reincidencia - El Informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado - El Informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos.”. Arguye que no puede ser soslayado que el amparado presenta avances en su proceso de reinserción social de los cuales da cuenta el informe social elaboradora por la trabajadora social Wally Portflitt Toro, que refiere, en síntesis, que el amparado presenta adherencia en rutinas propias de la unidad penal; participa en una congregación religiosa; cuenta con posibilidades de desempeñarse laboralmente en el medio libre; y cuenta con redes familiares de apoyo que favorecerán su proceso de reinserción en el medio libre. Adicionalmente, se expresa en el informe aludido que “El condenado expresa su responsabilidad y autoría en los hechos; El condenado refiere proyectos futuros encaminados a un estilo de vida pro social, a través de la generación de ingresos de manera honrada; El condenado reflexiona y entiende el daño causado a terceros con sus actos. Expresa sus deseos por alejarse de la comisión de delitos en el futuro.”. Afirma que la Comisión incurre en ilegalidad y arbitrariedad al basar su decisión en un informe psicosocial de Gendarmería de Chile que no cumpliría con los requisito

Texto Completo (Preview)

Jorquera Rivera, Michael Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol Nº463-2021.- La Serena, quince de diciembre de dos mil veintiuno. Visto y considerando: Primero: Que comparece Carla de Borguie Véjar, abogada, defensora pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Juan Manuel Galleguillos Pizarro, cédula nacional de identidad Nº 16.436.

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