JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE CANELA

JORQUERA PEREIRA OMAR/SOCIEDAD CONCESIONARIA ELQUI S.A.

Rol

Fecha

14 de diciembre de 2021

Materia

INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Resultado

ANULA DE OFICIO

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Hechos

VISTOS: 1°. Que, se ha elevado esta causa para conocer el recurso de apelación deducida por la parte querellada y demandada civil Sociedad Concesionaria Elqui S.A. en contra de la sentencia de fecha 30 de Julio de 2021, dictada por el Juez Titular del Juzgado de Policía Local de Canela, don Francisco Javier Pizarro Peña, que acogió la querella infraccional y acogió parcialmente la demanda civil interpuestas en su contra. 2°. Que, con fecha 31 de marzo del año 2020, el Juez don Francisco Pizarro Peña, dicto sentencia en la presente causa en la que se declaró incompetente de seguir conociendo la presente causa, tanto en lo infraccional como de la acción civil de indemnización de perjuicios. Dicha sentencia fue apelada en su oportunidad, dando origen a la causa Rol 83-2020 Policía Local de esta Corte, en la que se pronunció fallo con fecha 20 de abril del corriente, resolviéndose por voto de mayoría revocar la sentencia recurrida, decretándose que “juez a quo no inhabilitado deberá conocer de la causa, dando curso progresivo a los autos”. 3°. Que, el artículo 84 inciso final del Código de Procedimiento Civil, concede a éste órgano jurisdiccional la facultad de corregir de oficio los errores que se observen en la tramitación del proceso, pudiendo incluso tomar las medidas que tiendan a evitar la nulidad de los actos procesales. 4°. Que, en consecuencia, en la especie, las resoluciones pronunciadas una vez que los autos fueron devueltos a primera instancia, entre los que se incluye la sentencia recurrida que motiva el presente recurso, han sido dictadas por juez que se encuentra inhabilitado para conocer de los presentes autos, en virtud de lo resuelto por esta Corte en el ingreso antes referido. 5°. Que, sólo cabe concluir que la sentencia recurrida ha sido pronunciada en un procedimiento que adolece de un vicio que sólo puede ser enmendado con la invalidación del fallo, desde que ha sido tramitado por juez que se encuentra inhabilitado para conocer de los presentes

Fundamentos

considerando 3° precedente, para invalidar de oficio el

Fallo

fallo con fecha 20 de abril del corriente, resolviéndose por voto de mayoría revocar la sentencia recurrida, decretándose que “juez a quo no inhabilitado deberá conocer de la causa, dando curso progresivo a los autos”. 3°. Que, el artículo 84 inciso final del Código de Procedimiento Civil, concede a éste órgano jurisdiccional la facultad de corregir de oficio los errores que se observen en la tramitación del proceso, pudiendo incluso tomar las medidas que tiendan a evitar la nulidad de los actos procesales. 4°. Que, en consecuencia, en la especie, las resoluciones pronunciadas una vez que los autos fueron devueltos a primera instancia, entre los que se incluye la sentencia recurrida que motiva el presente recurso, han sido dictadas por juez que se encuentra inhabilitado para conocer de los presentes autos, en virtud de lo resuelto por esta Corte en el ingreso antes referido. 5°. Que, sólo cabe concluir que la sentencia recurrida ha sido pronunciada en un procedimiento que adolece de un vicio que sólo puede ser enmendado con la invalidación del fallo, desde que ha sido tramitado por juez que se encuentra inhabilitado para conocer de los presentes autos, debiendo estos sentenciadores hacer uso de la facultad referida en el considerando 3° precedente, para invalidar de oficio el fallo en alzada y reparar de esta manera, los defectos procesales advertidos en la tramitación de la presente causa y que no pueden ser subsanados por otra vía que no sea la de nulidad de los actos vi

Texto Completo (Preview)

Jorquera Pereira, Omar Concesionaria Elqui S.A. Infracción Ley Servicio Nacional del Consumidor Rol N° 159-2021.- (4800-2019 Juzgado de Policía Local de Canela) La Serena, catorce de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS: 1°. Que, se ha elevado esta causa para conocer el recurso de apelación deducida por la parte querellada y demandada civil Sociedad Concesionaria Elqui S.A. en contra de la sent

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