/DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
13 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: Que se recurre de amparo en favor de Vania Point Du Jour, haitiana, y en contra de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso y la Policía de Investigaciones de Chile, porque ilegalmente, a través de la Resolución Exenta N° 4598 de 05 de octubre de 2021, se dispuso su expulsión por ingreso clandestino, lo que conculca su derecho a la libertad personal. Solicita dejar sin efecto dicho acto. Indica que, la amparada, ingresó al país por paso no habilitado para tal efecto, procediendo en forma inmediata a su autodenuncia, quedando desde entonces bajo la obligación de acudir regularmente a Policía de Investigaciones, a firmar en forma periódica. Luego, con fecha 29 de noviembre del presente, fue notificada por Policía de Investigaciones, de la Resolución Exenta N° 4598 que ordenó su expulsión del territorio nacional. Que los
Fundamentos
motivos por los cuales la amparada ingresó a Chile se deben a que busca generar mejores oportunidades de vida para ella y su familia, ello atendido la profunda crisis económica de Haití, que torna imposible poder desarrollar una vida digna en su interior, atendida la extrema pobreza y falta de oportunidades. Actualmente se encuentra en el país junto a su pareja, el Sr. Jocelyn Moise, quien es el sostén de la familia y se encuentra a la espera de una visa definitiva para residir en el país, y con quien espera un hijo, estando en la semana 28 de embarazo. En tal sentido cabe señalar que la medida de expulsión atenta gravemente contra el principio de reunificación familiar e inseparabilidad de la familia. Que la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso informa que la expulsión se funda en un informe policial que da cuenta del ingreso clandestino al territorio nacional, lo que constituye una infracción al artículo 69 de la ley de Extranjería. Agrega que con estos antecedentes y acorde con la facultad establecida en el artículo 78 del D.L. 1094, Ley de Extranjería, presentó denuncia ante la Fiscalía, desistiéndose de la misma con posterioridad. Por último refiere que su decisión se ajusta al ordenamiento jurídico vigente. Que la Prefectura Valparaíso de la Policía de Investigaciones de Chile informa las diligencias practicadas en relación con el ingreso clandestino de que se trata, agregando que la Resolución impugnada fue notificada con fecha 28 de noviembre de 2021, quedando en el acto de la notificación sujeto a control de firmas. Que se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, mediante este arbitrio, el amparado persigue se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 4598 de 05 de octubre de 2021, que decretó su expulsión del territorio nacional por ingreso clandestino, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 69 del Decreto Ley N° 1094, 146 y 158 del Reglamento de Extranjería. Segundo: Que, el artículo 69 del Decreto Ley N° 1.094 dispone que los extranjeros que ingresen al país clandestinamente serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado máximo y que cumplida ésta, serán expulsados del territorio nacional, por lo que resulta necesario, para decretar la expulsión de aquellos que han ingresado clandestinamente al territorio nacional, que sean condenados por sentencia ejecutoriada y que hayan cumplido la pena que les fue impuesta, cuyo no es el caso de autos. Tercero: Que, en efecto, la Delegación Presidencial recurrida presentó denuncia contra la amparada ante el Ministerio Público, desistiéndose de la misma con posterioridad, de manera que no se cumple el supuesto normativo establecido en el aludido artículo 69 del decreto ley N° 1.094, para decretar la expulsión de la afectada del territorio nacional. Cuarto: Que no obstante que el inciso final del artículo 146 del Reglamento de Extranjería, en relación con el artículo 158 del mismo cuerpo normativo, permite también disponer la expul
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor de Vania Point Du Jour, y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 4598 de 05 de octubre de 2021, dictada por la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, que decretó la expulsión del actor y, asimismo, la medida cautelar de control de firma a que aquel se encuentra sujeto ante la Policía de Investigaciones de Chile, si se encontrare vigente. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y archívese. N°Amparo-3306-2021.- En Valparaíso, trece de diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de diciembre de dos mil veintiuno. Visto: Que se recurre de amparo en favor de Vania Point Du Jour, haitiana, y en contra de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso y la Policía de Investigaciones de Chile, porque ilegalmente, a través de la Resolución Exenta N° 4598 de 05 de octubre de 2021, se dispuso su expulsión por ingreso clandestino, lo que
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