YEVENEZ/GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
11 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio N° 1, comparece Paulina Antilef Jara, a favor de Luis Alfredo Yévenes González, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Alto Bonito, e interpone acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile, denunciando que el amparado es su pareja y fue trasladado del módulo N° 41 porque un funcionario de la recurrida de apellido “Yuviry” lo habría “cargado” con dos cuchillos y lo llevó castigado por resistencia activa a una celda castigo, luego de lo cual fue asignado al módulo N° 11, a sabiendas que en éste último lo quieren matar, motivo por el que teme por la vida del recurrente, añadiendo que tienen una hija de un año y está actualmente embarazada. A folio N° 4, se declaró admisible la acción. A folio N° 8, se evacuó informe por la recurrida quien señala que el amparado se encuentra privado de libertad por sentencia firme que lo condenó a la pena de perpetuo simple más 451 días por los delitos de robo con homicidio y robo por sorpresa, respectivamente, está clasificado como de alto compromiso delictual y reside en el módulo N° 87, en la celda individual N° 13. Indica que el 28 de noviembre, luego de oponer resistencia, se le incautan al amparado dos armas de confección artesanal, infringiendo lo previsto en el artículo 78 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, solicitándose autorización al Juzgado de Garantía de Puerto Montt para aplicar una medida disciplinaria, la que fue otorgada por resolución de 29 de noviembre último. Añade que el actuar de Gendarmería se ha apegado en todo momento a lo dispuesto en el referido reglamento y que el interno actualmente se encuentra en un módulo diverso al que se señala en la acción y que los otros módulos donde existen dependencias que cumplen con los requerimientos dado su perfil criminógeno son los módulos N° 31, 32, 12 y 89. Finalmente, expone que una vez presentada la acción se le llevó a constatar lesiones con resultado negativo y se le tomó declaración, el día 7 de dicie
Fundamentos
considerando: Primero: Que la presente acción constitucional de amparo se dirige contra la decisión de Gendarmería de Chile de sancionar al amparado por tenencia de dos armas, infringiendo el reglamento de establecimientos penitenciarios y su traslado luego de cumplida la medida de aislamiento, desde el módulo N° 41 al módulo N° 11. Segundo: Que evacuando informe, Gendarmería reconoce los hechos que fundaron la medida disciplinaria y agrega que se solicitó autorización al Juzgado de Garantía de esta ciudad mediante oficio del mismo día en que se constata la conducta anti reglamentaria, el 28 de noviembre del año en curso, concediéndose por resolución del día siguiente. Por otra parte, señala que el interno fue trasladado al módulo N° 87 y no al N° 11 y que su actuación se ha apegado en todo momento a derecho. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes acompañados por la recurrida aparece que para efectos de la aplicación de la medida sancionatoria contó con el mérito del parte interno y solicitó autorización al Juzgado de Garantía de esta ciudad, siéndole ella concedida, por lo que no se vislumbra ilegalidad sobre el punto. Cuarto: Que, del mismo modo, en cuanto al traslado al módulo N° 11 que refiere la recurrente, donde se encontraría amenazado de muerte el amparado, de los documentos acompañados por Gendarmería aparece que aquel se encuentra en el módulo N° 87, sin que existan antecedentes sobre situaciones de riesgo asociadas a éste y en cualquier caso, debe tenerse presente que no se indica si existe una solicitud formal de traslado del recluso, siendo ello facultativo de la recurrida salvo situaciones urgentes que amenacen los derechos fundamentales de los internos, cuyo no es el caso.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación del recurso de amparo, se declara: Que, se rechaza, el recurso de amparo interpuesto Paulina Antilef Jara, a favor de Luis Alfredo Yévenes González, en contra de Gendarmería de Chile. Redacción a cargo de la Ministra Ivonne Avendaño Gómez. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol Amparo N° 553-2021.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, once de diciembre de dos mil veintiuno. Visto: A folio N° 1, comparece Paulina Antilef Jara, a favor de Luis Alfredo Yévenes González, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Alto Bonito, e interpone acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile, denunciando que el amparado es su pareja y fue trasladado del módulo N° 41 porque un funcionario de la recu
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