DANIELA BELEN VASQUEZ VILCHES/11° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Y OTROS.
Rol
Fecha
10 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Comparece el abogado Cristóbal Zúñiga Lavín, en favor de doña Daniela Belén Vásquez Vilches, actualmente privada de libertad, para interponer recurso de amparo en contra de la señora Jueza del 11° Juzgado de Garantía de Santiago, Alejandra Apablaza Reyes, y del Centro Penitenciario Femenino de San Miguel, por haberle impuesto el castigo de suspensión de visitas por el plazo de treinta días. Expone que su representada está privada de libertad en la causa en investigación seguida ante el referido tribunal, RIT N° 4245-2021 y RUC N° 2100664130-7 y que ante el castigo impuesto la defensa dedujo amparo de acuerdo al artículo 95 del Código Procesal Penal el 25 de noviembre pasado, con el objeto que la recurrida informara los
Fundamentos
motivos de la sanción disciplinaria y las razones para no informar al tribunal, lo cual a la fecha de interposición de la acción -2 de diciembre del presente año- no se había cumplido. Reseña que el 29 de noviembre tuvo lugar una audiencia de cautela de garantías y la señora jueza, doña Alejandra Apablaza Reyes, resolvió "Respecto de la cautela de garantías por sanción impuesta a la imputada Daniela Vásquez, se rechaza solicitud por ser resolución del Tribunal del lugar de cumplimiento de la medida cautelar, esto es, el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, quien ya resolvió al respecto.” Arguye que la jueza desconoce que según el principio de ejecución de la supuesta falta al reglamento que habría incurrido su representada, es el 11° Juzgado quien debe resolver. Hace presente que Gendarmería aplicó un castigo grave sin comunicar al Tribunal competente, dio por establecida la participación en una falta en calidad de autora, vulnerando el tribunal el principio de inexcusabilidad. Pide que se acoja la acción, se deje sin efecto el castigo impuesto o, en subsidio, se tenga por cumplido con el tiempo transcurrido y se adopten de inmediato las providencias que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de su representada. Gendarmería informa que consta del Parte Interno №1486 de fecha 13 noviembre del presente año, que alrededor de las 16:00 horas se presentó en el Sector de la Guardia Interna la Subteniente Camila Balboa informando que mientras se encontraba en la Sección Materno infantil se percató que habían gritos provenientes del segundo nivel del edificio, razón por la cual, concurrió de manera inmediata a verificar que ocurría, logrando encontrar en el sector de acceso al dormitorio №03 a la reclusa Daniela Belén Vásquez Vilches junto a otra interna Verónica Scarlett Chamorro Aravena agrediéndose mutuamente con golpes de pie y puño, por lo cual, intervino la funcionaría con la finalidad que ambas depusieran su actuar. La interna Vásquez Vilches indicó que la interna Chamorro Aravena, previo a que llegara personal de servicio, le habría pegado estando con su hija lactante Emily González en brazos, sin embargo, esto no fue presenciado por la Subteniente. Reseña que ambas internas fueron derivadas aI sector enfermería, lugar en el que la TENS Valentina Cortes diagnosticó a Chamorro: “Sin lesiones”; y a Vásquez: "presenta hematoma occipital izquierdo auricular, con equimosis más rasguño en zona dorsal lumbar, más rasguño en pabellón auricular”. También se constató que la lactante no tenía lesiones. Explica que se remitieron los antecedentes al 12º Juzgado de Garantía de Santiago para que autorizaran la sanción de la interna Chamorro de privación de toda visita por el lapso de 30 días. Y en lo que dice relación con la persona en cuyo favor se recurre, refiere que el de 19 noviembre del 2021 se notificó a la interna Daniela Vásquez Vilches de la Resolución №598 dictada por el Sr. Alcaide de la Un
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San Miguel, diez de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos: Comparece el abogado Cristóbal Zúñiga Lavín, en favor de doña Daniela Belén Vásquez Vilches, actualmente privada de libertad, para interponer recurso de amparo en contra de la señora Jueza del 11° Juzgado de Garantía de Santiago, Alejandra Apablaza Reyes, y del Centro Penitenciario Femenino de San Miguel, por haberle impuesto el castigo
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