C/ EMIL HORST STREHLOW CIFUENTES
Rol
Fecha
10 de diciembre de 2021
Materia
LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
Vistos: No habiendo comparecido el abogado Rodrigo Espinosa Leiva en representación del imputado Emil Horst Strehlow Cifuentes a la audiencia del día de hoy, según lo informado por el señor relator en su calidad de ministro de fe, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 358 del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de fecha uno de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago. Comuníquese por la vía más rápida. N°Penal-5266-2021. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señora Dobra Lusic Nadal, el Ministro (S) señor Rene Cerda Espinoza y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diez de diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara abandonado el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de fecha uno de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago. Comuníquese por la vía más rápida. N°Penal-5266-2021. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señora Dobra Lusic Nadal, el Ministro (S) señor Rene Cerda Espinoza y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diez de diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de diciembre de dos mil veintiuno. A los folios 5 y 6: a todo, téngase presente. Vistos: No habiendo comparecido el abogado Rodrigo Espinosa Leiva en representación del imputado Emil Horst Strehlow Cifuentes a la audiencia del día de hoy, según lo informado por el señor relator en su calidad de ministro de fe, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2º del ar
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