SIN INFORMACION

MARTA MERCEDES CASTRO MUÑOZ CONTRA AFP HABITAT

Rol

Fecha

10 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Que, en folio 1, comparece, sin asesoría letrada, Marta Mercedes Castro Muñoz, quien recurre de protección en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Hábitat S.A., porque ilegal y arbitrariamente ha omitido pagar la suma que indica, por concepto de retención del tercer diez por ciento en causa de cumplimiento de pensión alimenticia, sin indicar alguna garantía constitucional presuntamente afectada, ni tampoco dar cuenta de una petición concreta que somete a consideración y resolución de esta Corte. Expone que con fecha 8 de julio de 2021 el Juzgado de Familia de Valparaíso, en causa Z-440-2016, ordenó el pago de la deuda de pensión alimenticia por un monto retenido de $859.366.-, desembolso a cuyo respecto la recurrida no ha cumplido al 12 de octubre del presente año, pese a las resoluciones que pidieron cuenta y lo ordenado por la Superintendencia de Pensiones. Que, en folio 4, informa el Juzgado de Familia de Valparaíso y reconoce la efectividad de que la recurrida adeuda el pago que reclama la actora, el que se dispuso por resolución de 8 de julio del 2021. Asimismo, señala que la última vez que pidió cuenta a la AFP fue con fecha 9 de agosto. Por último, también agrega que se ha pedido a la Superintendencia de Pensiones que le aplique a la recurrida las sanciones correspondientes, conforme con la resolución de 22 de septiembre del año en curso. Que, en folio 7, informa la recurrida Administradora de Fondos de Pensiones Hábitat S.A., quien solicita el rechazo del presente arbitrio, con costas. Primero, porque esta vía es inaplicable en este caso, pues no existe un derecho que cautelar por vía urgencia. En segundo término, explica que el deudor en causa alimenticia tiene dos acreedoras, por una parte la recurrente de autos y, por otra, aquella demandante en causa diversa bajo el Rit Z-2563-2020. Por ello, al no haberse realizado el prorrateo por cada una de las alimentarias, sumado a que el valor cuota respecto del tercer retiro varió y

Fundamentos

considerando el procedimiento masivo al respecto, el desembolso reclamado no se concretó. Pese a ello, afirma, con fecha 5 de noviembre de 2021 la AFP acreditó el valor que correspondía a cada una de las acreedoras mencionadas. Para el caso de la actora tal monto asciende a $810.976.- Agrega que este último desembolso quedó disponible en la cuenta de ahorro a la vista de la que es titular la recurrente, con fecha 9 de noviembre de 2021, según acredita con el inserto en la página 3 de su informe. Que, en folio 10, se ordenó como trámite previo e indispensable para entrar al conocimiento de la presente causa, oficiar al Juzgado de Familia de Valparaíso para que informe documentadamente la efectividad de haber recibido el desembolso que da cuenta la AFP recurrida, el que ascendería a $810.976.- y si dicho monto se puso a disposición de la recurrente, doña Marta Mercedes Castro Muñoz, en causa Rit Z-440-2016. Que, en folio 12, en cumplimiento de lo anterior informa el Juzgado de Familia de Valparaíso. Señala que es efectivo “que a la recurrente le fueron pagados los fondos por la AFP del deudor como aparece del depósito que figura en su libreta por $810.976 como aparece en su cuenta del Banco Estado y en SITFA que se adjunta a continuación. No obstante ello, no hay un informe oficial de la AFP que role en la causa”. Que, en folio 13, se ordenó regir el decreto autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes, particularmente de lo informado la AFP Hábitat S.A., se establece que la recurrida pagó el tercer retiro ordenado por el Juzgado de Familia de Valparaíso, como se constata del documento de depósito bancario inserto en el informe que aquella evacuó. Tercero: Que, lo anterior, además, ha sido ratificado en el informe documentado que consta en folio 12, donde el Juzgado de Familia de Valparaíso reconoce la efectividad de que el monto de $810.976 fue depositado en la libreta de ahorro a la vista que mantiene la recurrente en el Banco Estado. Cuarto: Que, de acuerdo con ello, el presente recurso ha perdido oportunidad, pues no persiste el hecho denunciado por la actora como acto ilegal y arbitrario, no existiendo medida alguna que pueda adoptar esta Corte para restablecer el imperio del derecho, razones por las cuales se rechazará el presente recurso.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección interpuesto por Marta Mercedes Castro Muñoz en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Hábitat S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-45461-2021.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Valparaíso, diez de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS: Que, en folio 1, comparece, sin asesoría letrada, Marta Mercedes Castro Muñoz, quien recurre de protección en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Hábitat S.A., porque ilegal y arbitrariamente ha omitido pagar la suma que indica, por concepto de retención del tercer diez por ciento en causa de cumplimie

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