23º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MARTÍN SANDOVAL LEAL COMERCIALIZADORA DE MOVILIARIO DE HOGAR Y PUBLICITARIO EIRL/GONZÁLEZ

Rol

Fecha

14 de diciembre de 2021

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio con fecha veintidós de noviembre del año en curso, y concedido el día veintinueve, en contra de la resolución de fecha diecinueve del mismo mes y año que confirió traslado de las excepciones a la ejecución. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-11.130-2.021.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio con fecha veintidós de noviembre del año en curso, y concedido el día veintinueve, en contra de la resolución de fecha diecinueve del mismo mes y año que confirió traslado de las excepciones a la ejecución. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-11.130-2.021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de diciembre de dos mil veintiuno. –ief- Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados po

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