OLAVE/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE ANTOFAGASTA
Rol
Fecha
7 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Camila Andrea Leonicio Uribe, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, con domicilio en calle Baquedano N° 239, oficina 416, Antofagasta, quien dedujo recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de Roberto Patricio Olave Escribar, cédula de identidad N° 18.790.465-k, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado de modo ilegal y arbitrario el beneficio de libertad condicional al amparado. Informó la recurrida, instando por el rechazo de la acción constitucional. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la circunstancia que el amparado se encuentra cumpliendo condenas impuestas en causa RUC 1500875377-2, RUC 1501100752-7 y RUC 1800384241-6, por el Juzgado de Garantía y Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, por los delitos de robo con fuerza en lugar no habitado, robo con intimidación y riña pública. Dio inicio a las condenas el 16 de noviembre de 2015 y se proyecta su cumplimiento para el día 08 de agosto de 2023.
Fallo
Por tanto, el tiempo mínimo se verificó el día el 17 de noviembre de 2020, y cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios del D.L. 321 para postular al beneficio. No obstante, la recurrida rechazó la postulación el catorce de octubre de dos mil veintiuno, al considerar que “Se puede comprobar que ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para postular al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N°321. Sin embargo, el Informe de Postulación Psicosocial adjunto a dichos antecedentes, que se ha ponderado con arreglo a la nueva redacción del Decreto Ley N°321, da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia demostrativo por las situaciones que se precisan, que impiden otorgar el beneficio solicitado. En efecto, los profesionales a cargo de la evaluación identifican como elementos de riesgo que el postulante se visualiza como principal factor de riesgo del condenado, su historial delictual, manteniendo sanciones desde temprano edad, así como 12 condenas como adulto, manteniéndose privado de libertad desde noviembre de 2015, donde se interrumpió su proceso de intervención por traslados del recinto penitenciario manteniendo 8 faltas graves y sanciones en su actual condena. En cuanto a conciencia de delito el interno justifica y minimiza el delito, sólo reconoce el daño así mismo, y a su entorno fami
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a siete de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS: La comparecencia de Camila Andrea Leonicio Uribe, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, con domicilio en calle Baquedano N° 239, oficina 416, Antofagasta, quien dedujo recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de Roberto Patricio Olave Escribar, cédula de identidad N° 18.790.465-k,
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