15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

HERRERA/ZAMBRANO

Rol

Fecha

10 de diciembre de 2021

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el diecinueve de noviembre del año en curso, en contra de la resolución de nueve de marzo del año dos mil veinte. Regístrese y devuélvase. N°Civil-10832-2021.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el diecinueve de noviembre del año en curso, en contra de la resolución de nueve de marzo del año dos mil veinte. Regístrese y devuélvase. N°Civil-10832-2021.

Texto Completo (Preview)

chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, diez de diciembre de dos mil veintiuno. A los folios N°3 y N°4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes.

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