DURAN/SUBSECRETARÍA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, por sí y a favor de Isabel Duran Cuevas, recurriendo de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto ilegal y arbitrario de no haberse pronunciado sobre la solicitud Permanencia Definitiva realizada por el recurrente. Explican que la recurrente, de nacionalidad dominicana, ingresó a Chile, posterior fue titular de una visa temporaria, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Agrega que Con fecha 04 de junio de 2020, y previo al vencimiento de su visa como residente temporal, solicito el beneficio de permanencia definitiva, solicitud 5455025, la que hasta la fecha no ha sido resuelta por la autoridad. Hace presente lo dispuesto en los artículos 4, 7 9 y 27 de la ley 19880. No señala expresamente cuales serían las garantías constitucionales vulneradas. Pide que se adopten las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. SEGUNDO: La recurrida evacua informe solicitando el rechazo de la acción, por no tener esta oportunidad, y al mismo tiempo, por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que pueda vulnerar, pues expone que contra la presentación de su solicitud de permanencia definitiva se emitió comprobante de permiso de permanencia definitiva en trámite. Agrega que dicho comprobante está a disposición del recurrente en el portal de trámites digitales de la autoridad migratoria, y asimismo, que puede ampliar su vigencia en el mismo portal. Detalla que por Comunicación Electrónica N° 16828833, de fecha 14 de julio de 2021, se le indicó al extranjero que su solicitud de permanencia definitiva avanza a etapa de análisis resolutorio, y se emitió orden de giro N°1006842072 para que pague los derechos relativos a la solicitud de permanencia definitiva, lo que importa un prerrequisito para resolver lo pedido. Afirma que a la fecha el extr
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de protección, se rechaza el arbitrio deducido en la petición principal de la presentación de fecha veintiséis de junio del año en curso, en favor de Isabel Duran Cuevas, en contra de del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública Regístrese, comuníquese y, oportunamente, archívese. N°Protección-34803-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de diciembre de dos mil veintiuno. Al folio 12: A lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. A los folios 13 y 14: A todo, téngase presente. Al folio 15: Habiéndose anunciado con posterioridad al inicio de la audiencia, no ha lugar. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, por sí y a favor de Isabel Du
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