SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE VICTOR PATRICIO DÍAZ OLIVARES EN CONTRA DE LA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2° SEMESTRE 2021)

Rol

Fecha

3 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 1 de los corrientes comparece la abogada CARLA DE BORGUIE VÉJAR, por el condenado VÍCTOR PATRICIO DÍAZ OLIVARES, interpuso acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional quien, en sesión de octubre del año en curso, rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional a su representado. Expresa que el amparado cumple con los requisitos temporales para optar al beneficio denegado y ha observado una conducta calificada como muy buena en los últimos seis bimestres, dando cuenta que el interno cumple condenas corporales de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de robo en lugar habitado, 61 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de receptación, 61 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de robo en lugar no habitado, 41 días de prisión en su grado máximo, por el delito de robo en lugar no habitado, iniciando condena el 24 de febrero de 2018 y proyectando el término de la misma para el 6 de agosto de 2023, cumpliendo el tiempo mínimo de condena el 16 de septiembre de 2021, según el cálculo de la defensa. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio fundado en el informe de postulación psicosocial de Gendarmería, el cual da cuenta que presenta un muy alto riesgo de reincidencia, no presenta conciencia del delito ni del mal causado y no manifiesta un rechazo explícito a los delitos cometidos. Hace presente diversos aspectos en relación al proceso de reinserción social del amparado los cuales constan en el informe social elaborado por la trabajadora social Ornella Spielman Guerrero. Así, en el ámbito intrapenitenciario no presenta participación en cursos y en actividades deportivas; en el ámbito educacional fue promovido a primer nivel de educación media; en cuanto a antecedentes laborales, se encuentra participando del subprograma laboral de trabajadores dependientes en el cargo de “

Fundamentos

motivos en que se funda su decisión, y encontrar aquella el debido respaldo en los antecedentes tenidos a la vista. OCTAVO: Que, en cuanto a los nuevos antecedentes que se hacen valer, aquellos no controvierten en modo alguno las conclusiones expuestas en el informe de Gendarmería de Chile en cuanto a la existencia de riesgo de reincidencia y la circunstancia de no presentar el amparado conciencia del delito y del mal causado, así como no manifestar rechazo explícito a los delitos cometidos. NOVENO: Que, en este contexto, no habiéndose acreditado alguna actuación ilegal o arbitraria de parte la Comisión de Libertad Condicional, y no logrando desvirtuarse los antecedentes en que se fundó la decisión por la cual se denegó la concesión de la libertad condicional, el recurso de amparo será rechazado como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de VÍCTOR PATRICIO DÍAZ OLIVARES, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 452-2021 (Amparo).

Texto Completo (Preview)

Díaz Olivares, Víctor Patricio Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol Nº 452-2021.- La Serena, tres de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 1 de los corrientes comparece la abogada CARLA DE BORGUIE VÉJAR, por el condenado VÍCTOR PATRICIO DÍAZ OLIVARES, interpuso acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Cond

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