28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

GENERICA SEGURIDAD INTEGRAL LTDA/FARMACIAS CRUZ VERDE S.A.

Rol

Fecha

7 de diciembre de 2021

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 letra d) de la Ley 19.983 la impugnación se tramitará conforme a las normas de los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandante el diecisiete de marzo del año en curso, en contra de la resolución de trece de marzo del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-10798-2021.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandante el diecisiete de marzo del año en curso, en contra de la resolución de trece de marzo del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-10798-2021.

Texto Completo (Preview)

fjr C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, siete de diciembre de dos mil veintiuno. Al folio N° 3, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 letra d) de la Ley 19.983 la impugnación se tramitará conforme a las normas de los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las r

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