M.P C/ ANDRES ALFREDO FERRADA IRIARTE
Rol
Fecha
3 de diciembre de 2021
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Del mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia se desprende que no han variado los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal que se tuvieron en consideración al momento de decretar la prisión preventiva del imputado. Además, en cuanto a la letra c) de dicho artículo, se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo presente la naturaleza del delito materia de la formalización, bien jurídico protegido y la pena asignada al mismo. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de uno de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto en los autos RIT 11.581-2021, que sustituyó la cautelar de prisión preventiva respecto del imputado por la cautelar contenida en las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal penal, esto es, arresto domiciliario total y la prohibición de salir del país y se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva ordenada a Andrés Alfredo Ferrada Iriarte. Devuélvase, vía interconexión. N° 3423-2021 Penal. Pronunciada por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las ministras Sra. Ma. Carolina Catepillan Lobos, Sra. Liliana Mera Muñoz y fiscal judicial Sr. Jaime Salas Astráin.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de uno de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto en los autos RIT 11.581-2021, que sustituyó la cautelar de prisión preventiva respecto del imputado por la cautelar contenida en las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal penal, esto es, arresto domiciliario total y la prohibición de salir del país y se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva ordenada a Andrés Alfredo Ferrada Iriarte. Devuélvase, vía interconexión. N° 3423-2021 Penal. Pronunciada por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las ministras Sra. Ma. Carolina Catepillan Lobos, Sra. Liliana Mera Muñoz y fiscal judicial Sr. Jaime Salas Astráin.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, tres de diciembre de dos mil veintiuno. Sala: Quinta-Zoom. Integrantes: Ministras Sra. Ma. Carolina Catepillan Lobos, Sra. Liliana Mera Muñoz y fiscal judicial Sr. Jaime Salas Astráin Rol Corte: 3423-2021-PENAL RUC: 2100833290-5 RIT: 11581-2021 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto. Relator: Cristián Alcántara Mödinger Digitador: Janet Meléndez Triviño Fiscal: Marcos Pastén C
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